MINISTERIO PUBLICO C/ MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO
Rol
O-1917-2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, SUPERAR LÍMITES FIJADOS DE VELOCIDAD MAX. ART 197 QUINQUIES
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 25 de septiembre del año 2024, cerca de las 17:02 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros de Chile de la Tenencia de Carreteras realizaba controles vehiculares en la Ruta 5 Norte, a la altura del kilómetro 650 dirección norte, sorprendieron a ambos imputados, que se desplazaban a bordo de un vehículo motorizado, este vehículo motorizado corresponde a un vehículo marca Lexus modelo RX 350F cuya placa patente única corresponde a la HZFS-19, vehículo que era conducido por el imputado MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO y en el asiento del copiloto, el imputado LUIS RODRIGO GUERRERO GUERRERO, personal policial constató que la velocidad con la cual se desplazaba el vehículo motorizado, que era conducido por don MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO, alcanzó 187 km/h en una zona de 100 km/h, excediendo la velocidad máxima permitida en la zona en más de 60 km/h, en virtud de aquello, personal policial realiza los signos y señas para la detención del vehículo para proceder a su fiscalización, evadiendo el imputado Matías Collao Espejo el control policial, iniciándose una persecución desde ese lugar hasta que a las 17:10 horas el vehículo que circulaba el imputado fue detenido por éste en la Ruta C-46 Km 1, aproximadamente a la altura del Lote de D16, Sector Maestranza Solimec, todo esto, en la comuna de Vallenar oportunidad en la que personal de Carabineros de Chile procedió a la detención del imputado MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO, bajándose del vehículo, el coimputado LUIS RODRIGO GUERRERO GUERRERO, quien huyó del lugar precisamente a pie por la ribera del Río Huasco, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros de Chile de la sección de investigación policial. El vehículo antes referido, que era conducido por Matías Collao Espejo, poseído en conjunto con el otro imputado, Luis Guerrero Guerrero mantenía adosadas en su parte delantera y trasera las placas patentes siguientes, PGCC-31 las que, conforme a los registros del Servic
Fallo
SE DECLARA: I. Que, el acusado don MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO, es culpable de los cargos formulados por el Ministerio Público y, en consecuencia, se condena como AUTOR, CONSUMADO del siguiente delito, en primer lugar, de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO de artículo 456 bis A de Código Penal a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA y, al pago de una MULTA de un tercio (0,3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; en segundo lugar, por el delito de OCULTACIÓN DE PLACA Código: QGXEXRMXUFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PATENTE DE VEHÍCULO MOTORIZADO previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley de Tránsito a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA un tercio (0,3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN de su licencia de conducir por el plazo de DOS AÑOS y; en tercer lugar, se condena como AUTOR del delito CONSUMADO por el delito de CONDUCCIÓN TEMERARIA DE VEHÍCULO MOTORIZADO previsto y sancionado en el artículo 197 quinquies de la Ley de Tránsito a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA y a la SUSPENSIÓN de su
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Vallenar, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: DANIEL EDUARDO HERRERA MARÍN RUC: 2401146698-9 RIT: 1917 - 2024 IMPUTADO: MATÍAS FERNANDO COLLAO ESPEJO C.I. 19.661.741-8 FECHA DE NAC. 18-12-1997 DIRECCION Calle Camilo Ortuzar N°2935, Las Compañias COMUNA: La Serena IMPUT
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica