Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota

C/ MIGUEL ANGEL RIVEROS LEÓN

Rol

O-239-2024

Fecha

19 de diciembre de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia de la acusación contenida en el auto apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “Con fecha 14 de abril de 2023, cerca de las 23:25 horas, el acusado Miguel Ángel Riveros León, fue sorprendido por funcionario de carabineros, en el pasaje Ramal a la altura del número 237, sector San Pedro, Quillota, al interior del vehículo tipo furgón, marca Peugeot, modelo partner, PPU RPXV- 73, de propiedad de la empresa Euro transporte SA, en el asiento del conductor, conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, el que había sido robado con fecha 12 de marzo de 2023, según consta en denuncia ante el Reten Hijuelas. Al ver la presencia de Carabineros el acusado se baja del móvil, huyendo, lanzando al piso las llaves del vehículo, siendo detenido, recuperado el automóvil y llaves”. De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, los hechos antes mencionados son constitutivos del delito de receptación de vehículo Código: BWJDXRGGSVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 motorizado del artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor directo. En cuanto a las circunstancias modificatorias, la fiscalía considera que no concurren. El Ministerio Público solicitó que se imponga al acusado la pena de cinco años de presidio menor en grado máximo y multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, accesorias generales y especiales, más las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de inicio. El Ministerio Publico manifestó que se trata de un procedimiento ocurrido en flagrancia, que van a acreditar que, en abril de 2023, el día 14, funcionarios de carabineros del Retén Las Cruzadas, actualmente Tenencia Las Cruzadas, estaban efectuando un patrullaje, cuando ven un vehículo que es un furgón Peugeot, ven al conductor quien, al ver la presencia policial, se baja inmediatamente y lanza las llaves. Constatan que este vehíc

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, integrada por Mónica Oliva Rybertt, quien presidió la sala y por los jueces Rodrigo Cortés Gutiérrez y Claudio Osorio Llanos, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC N°: 2310019187-3 / RIT Nº: 239- 2024, contra MIGUEL ÁNGEL RIVEROS LEÓN, cédula de identidad N°17.811.080-2, comerciante, con domicilio en Villa San Alberto Pasaje Tres casa 1032, Quillota, representado por el abogado de la Defensoría Penal Pública Dagoberto Pastén Pérez. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado en audiencia por la fiscal Gabriela Fuenzalida Suárez. Los antecedentes de los intervinientes letrados se encuentran registrados en el tribunal y la audiencia se llevó a efecto de manera presencial. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación contenida en el auto apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “Con fecha 14 de abril de 2023, cerca de las 23:25 horas, el acusado Miguel Ángel Riveros León, fue sorprendido por funcionario de carabineros, en el pasaje Ramal a la altura del número 237, sector San Pedro, Quillota, al interior del vehículo tipo furgón, marca Peugeot, modelo partner, PPU RPXV- 73, de propiedad de la empresa Euro transporte SA, en el asiento del conductor, conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, el que había sido robado con fecha 12 de marzo de 2023, según consta en denuncia ante el Reten Hijuelas. Al ver la presencia de Carabineros el acusado se baja del móvil, huyendo, lanzando al piso las llaves del vehículo, siendo detenido, recuperado el automóvil y llaves”. De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, los hechos antes mencionados son constitutivos del delito de receptación de vehículo Código: BWJDXRGGSVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 motorizado del artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor directo. En cuanto a las circunstancias modificatorias, la fiscalía considera que no concurren. El Ministerio Público solicitó que se imponga al acusado la pena de cinco años de presidio menor en grado máximo y multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, accesorias generales y especiales, más las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de inicio. El Ministerio Publico manifestó que se trata de un procedimiento ocurrido en flagrancia, que van a acreditar que, en abril de 2023, el día 14, funcionarios de carabineros del Retén Las Cruzadas, actualmente Tenencia Las Cruzadas, estaban efectuando un patrullaje, cuando ven un vehículo que es un furgón Peugeot, ven al conductor quien, al ver la presencia policial, se baja inmediatamente y lanza las llaves. Constatan que este vehículo tenía un encargo por robo con violencia, que habría ocurrido en la comuna de Hi

Fallo

se acuerda de su nombre, pese a lo cual, reconoce a esa persona en la sal del tribunal. A la pregunta de la defensa, reitera que iba conduciendo la patrulla, que a su lado iba el colega que entró anterior, Sargento Venegas y atrás, el cabo 1° Ángel Parra. Dice que hacen el recorrido como a las 23.20 horas. Reitera que estaba oscuro y que solamente alumbraba con la luz del vehículo policial y que a unos 100 metros advierte este vehículo color blanco del que sale esta persona del vehículo e ingresa al domicilio. Explica que avanzaron un poco y cuando llegan cerca del vehículo y del domicilio, advierten que las llaves están botadas en el suelo. A la solicitud de aclaración, el testigo responde: desde el auto policial ven que la persona se baja del vehículo e ingresa a la casa; afirma que ven al sujeto lanzar las llaves al piso desde el auto policial y cuando se acercan al vehículo, ven las llaves en el suelo. Ratifica que la persona que vieron salir del vehículo era baja y de contextura delgada, que en el domicilio donde entró esta persona había más personas en su interior, la señora Verónica, su hijo Damián y un niño chico que es hijo de la señora, un hermano pequeño. A la pregunta si a una persona de un metro ochenta la considera baja, responde que depende cómo salga corriendo: puede salir agachado, puede salir Código: BWJDXRGGSVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 como estirado, por así decirlo; pero si

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE LA LIGUA C/ MIGUEL ÁNGEL RIVEROS LEÓN DELITO: RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO. RUC N°: 2310019187-3 RIT Nº: 239-2024 Quillota, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, integrada

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