MORALES/COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A.
Rol
T-485-2020
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece ante este Juzgado de Letras del Trabajo, Pedro Arturo Morales Rebolledo, operador telefónico, Rol Único Nacional N° 15.178.662-6, ambos domiciliados en calle Blanco N° 1215, oficina 506, comuna de Valparaíso, quien interpone denuncia por vulneración derechos fundamentales y cobro de prestaciones laborales en contra de Computer Generated Solutions Chile S.A., empresa del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 96.924.170-6, representada legalmente Pablo Rossel Estay, ambos domiciliados en Blanco N° 1199, comuna de Valparaíso, de acuerdo a los antecedentes que a continuación se pasan a exponer. Indica que ingresó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la denunciada, el día 11 de octubre de 2016, en turnos de lunes a viernes de 08:00 horas a 18:00 horas o de 09:00 horas a 19:00 horas, percibiendo una remuneración de $413.125 mensuales, según la liquidación del mes de abril de 2020. Relata que, desde los meses de mayo a octubre de 2020, no se le han pagado, o bien, se le han pagado de forma parcial sus remuneraciones, pues afirma que su empleador no lleva el registro de asistencia y determinación de horas de trabajo del tipo electrónico computacional. Además, refiere que las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía no se encuentran enteradas o fueron pagadas de forma incorrecta, a pesar de habérsele descontado de la remuneración de forma mensual. Señala que pertenece al Sindicato Interempresa de Trabajadores de Contratistas y Subcontratistas de Chile Sintrac VI, y que en su calidad de dirigente sindical y por las labores propias del cargo, concurría a la empresa a marcar su asistencia al inicio y al término de la jornada dedicada a sus actividades sindicales. Relata que, a contar del 1° de abril de 2020, la empresa cerró la sucursal ubicada en Blanco N° 1199, comuna de Valparaíso, enviando a sus trabajadores a sus domicilios, realizando las labores de teletrabajo. Señala que, como consecuencia de lo anterior, no pudo realizar los marcajes de entrada y salida de su jornada de trabajo, y no se mantuvo un sistema que le permitiera, en su calidad de dirigente sindical, marcar la entrada y salida de trabajo. Añade que, al no tener comunicación ni respuesta de su empleador, con fecha 1° de junio, 6 de junio y 12 de agosto, todos de 2020, solicitó fiscalización ante la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, por no pago de remuneraciones de forma íntegra (bonos, sueldo base y gratificación), por efectuar de forma errónea la declaración de las cotizaciones previsionales y por no llevar correctamente el registro de asistencia y determinación de horas extras. Refiere que, prestó servicios durante el periodo comprendido entre el día 1° al 18 de marzo del 2020, sin embargo, no se le pagaron las remuneraciones, intentando acogerse a la Ley de Protección al Empleo, e intentando que la empresa diera cumplimiento voluntario y de buena fe a sus obligaciones contractuales, y una
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 7°, 9°, 41 y siguientes, 235, 249, 420, 432, 453, 454, 457, 458, 460 y 485 y siguientes, todos del Código del Trabajo, artículos 1°, 2° y 3° de la Ley 21.227, y en artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- Se rechaza la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales, interpuesta por Pedro Morales Rebolledo en contra de Computer Generated Solutions Chile S.A. II.- Se rechaza la acción de nulidad del despido, interpuesta por Pedro Morales Rebolledo en contra de Computer Generated Solutions Chile S.A. III.- Se acoge parcialmente la acción de cobro de remuneraciones, interpuesta por Pedro Morales Rebolledo en contra de Computer Generated Solutions Chile S.A., condenándose a la demandada a pagar la suma de $311.147, por concepto de remuneraciones (líquidas) pendientes de los meses de mayo y junio de 2020 ($182.367 + $128.780), rechazándose la demanda de cobro de remuneraciones en todo lo demás. IV.- Se acoge la acción de cobro de cotizaciones, interpuesta por Pedro Morales Rebolledo en contra de Computer Generated Solutions Chile S.A., condenándose a la demandada a pagar en AFP Habitat, en FONASA y en AFC Chile, las diferencias (de lo ya pagado) de las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía del demandante, respectivamente, correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2020, tomando como remuneración imponible, la
Texto Completo (Preview)
Valparaíso, a veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece ante este Juzgado de Letras del Trabajo, Pedro Arturo Morales Rebolledo, operador telefónico, Rol Único Nacional N° 15.178.662-6, ambos domiciliados en calle Blanco N° 1215, oficina 506, comuna de Valparaíso, quien interpone denuncia por vulneración derechos fundamentales y cobro de prestaciones lab
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica