Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ JUAN CARLOS ARIAS CÁRDENAS

Rol

O-1496-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

OBSTRUCCIÓN A LA INVESTIGACION. ART. 269 BIS Y 269 TER

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El 9 de enero de 2024 a las 02:30 horas, el imputado JUAN CARLOS ARIAS CARDENAS Ilegó hasta el PARADERO DE BUSES DE AVENIDA Colon, hacia el sur en la comuna de San Bernardo, y a sabiendas comenzó a proporcionar antecedentes falsos relativos a un secuestro, consistentes en: Primero aproximó a don Osvaldo Manda Avilés a pedirle auxilio, pues habían secuestrado a su hermano a la altura del casino Monticello, llegando momentos más tarde carabineros de la 14ª Comisaria de San Bernardo a prestar ayuda a la víctima. A quien encontraron momentos más tarde en el servicentro Shell de Presidente Jorge Alessandri Rodríguez 1737 San Bernardo, y el imputado JUAN CARLOS ARIAS CARDENAS les relato que se desempeña como conductor del tracto camión PPU HWFB-42, marca scanni a de color verde, año 2016 trasladando vehículos usados de varias marcas, que el lunes 8 de enero de 2024 aproximadamente a las 22:00 horas estaba junto a su hermano NELSON ISMAEL ARIAS CARDENAS en el tracto camón en una parada de venta de comida rápida ubicada en ruta 5 sur a la altura del km 57 en la comuna de mostazal, pasado el peaje de angostura. Que regresaban de comer y cuando se disponían a subir al camión fueron abordados por cerca de 5 sujetos entre chilenos y extranjeros, que dos de ellos se aproximaron a él y lo intimidaron CON UN cuchillo, lo obligaron a subir a un Código: QTNXXRXXQNU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 automóvil rojo al asiento trasero, sustrayéndole su teléfono celular y su billetera con dinero en efectivo consistente en $480.000 pesos, colocándole una capucha en la cabeza y obligándolo a mirar en todo momento hacia abajo, iniciando su marcha el vehículo e ignorando que ocurrió con su hermano. Luego lo trasladaron a otro vehículo, al parecer un furgón pues era de puerta

Fallo

se declara que: I. Se condena a Juan Carlos Arias Cárdenas, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de obstrucción a la investigación, previsto y sancionado en el artículo 269 bis del Código Penal, ilícito cometido el 9 de enero de 2024 en la comuna de San Bernardo. II. En relación con la pena de multa, se tiene por cumplida por el tiempo que pasó privado de libertad por esta causa. III. No se condena en costas al sentenciado, por haber aceptado proceder en esta causa conforme a las reglas del procedimiento simplificado y no haber solicitado la realización de un juicio oral, evitando así los gastos que ello implica. IV. Atendido los antecedentes penales del sentenciado y cumpliéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° y siguientes de la Ley N° 18.216, se concede la pena sustitutiva de remisión condicional, debiendo permanecer el sentenciado bajo el control de la autoridad de Gendarmería de Chile por el período de 1 año. El condenado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social Coyhaique a cumplir con la pena dentro de los diez días siguientes a la fecha Código: QTNXXRXXQNU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo U

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Imputado : JUAN CARLOS ARIAS CÁRDENAS, cédula de identidad N° 17.056.530-4, con domicilio en Calle Diego Portales Nº 1249, co

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