CONCHA/
Rol
V-6-2021
Fecha
6 de agosto de 2021
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña MARÍA ANGÉLICA CONCHA TORO, dueña de casa, cédula de identidad N° 9.852.479-7, domiciliada en Cudico de la comuna de Villarrica, patrocinada en estos autos por doña ESTEFANÍA ELENA ELVIRA EDWARDS FARET, cédula de identidad N° 13.845.871-7, domiciliada en Camilo Henríquez 301 oficina 203 de la comuna de Villarrica, y expone: “1) Que vengo en solicitar a su Señoría, se admita la información para perpetua memoria de los testigos que se indicarán, con el objeto de aclarar que mi abuela paterna, doña SOE VERGARA VALDEBENITO RUN 4.260.643-K, en vida también fue conocida como MARIA ISABE VERGARA VALDEBENITO, también como MARIA ISOBE VERGARA VALDEVENITO, y también como MARÍA ISOBE VERGARA VALDEBENITO. Esto último, debido a un error del Servicio de Registro Civil e Identificación en que se procedió a su inscripción de distinta forma y en diversos certificados tales como el de su nacimiento, de su defunción, de su matrimonio y el de nacimiento de sus hijos, sin embargo, todas las inscripciones corresponden a la misma persona, con idéntico número de R.U.N., no obstante las diferentes maneras de inscribirse sus nombres y de escribir el segundo de sus apellidos. 2) En efecto, los testigos que declararán son los siguientes: 1) Andrés Patricio Huaiqui Parra, R.U.N. 12.566.066-5, empleado, domiciliado en el Lugar Cudico de esta comuna; 2) Amador De La Cruz Seguel Jaramillo, R.U.N. 7.830.691-2, agricultor, domiciliado en el Lugar Cudico de esta comuna; 3) Gregorio Enrique Daniel Henríquez González, R.U.N. 10.369.185-0, empleado, domiciliado en el lugar Cudico de esta comuna. 3) Que, los testigos depondrán acerca de los siguientes hechos: Que es efectivo y les consta la circunstancia de que doña SOE VERGARA VALDEBENITO RUN 4.260.643-K, en vida también fue conocida como MARIA ISABE VERGARA VALDEBENITO, también como MARIA ISOBE VERGARA VALDEVENITO, y también como MARÍA ISOBE VERGARA VALDEBENITO. Que es efectivo y les consta el hecho de que doña SOE
Fundamentos
fundamentos expuestos en la solicitud de autos. Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: La Perpetua Memoria o Ad Perpetuam Rei Memoriam, es un expediente de jurisdicción voluntaria, cuya finalidad consiste en documentar declaraciones testimoniales que interesa conservar para dejar constancia de las mismas según interese el solicitante, siempre que no se refieran a hechos de que pueda resultar perjuicio a persona conocida y determinada. SEGUNDO: Que de los antecedentes acompañados y de la declaración de los testigos, los cuales están contestes en la solicitud que recae en autos, además de haberse cumplido con lo dispuesto en el artículo 913 del Código de Procedimiento Civil, se admitirá la información solicitada, como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. RUEGO A US., se sirva admitir esta información para perpetua memoria, aprobarla para proceder a la aclaración de que las inscripciones del Servicio de Registro Civil en las cuales figura inscrita o nombra a la persona inscrita con el R.U.N. 4.260.643 corresponde a doña SOE VERGARA VALDEBENITO y corresponde a la misma persona nombrada en otros registros y anotaciones como MARIA ISABE VERGARA VALDEBENITO, como MARIA ISOBE VERGARA VALDEVENITO, o como MARÍA ISOBE VERGARA VALDEBENITO.” A folio 8, se recibe la información sumaria de testigos, compareciendo don GREGORIO ENRIQUE DANIEL HENRÍQUEZ GONZÁLEZ, domiciliado en Cudico, comuna de Villarrica, quien, previamente juramentado al tenor de la solicitud de autos, expone: “Que es efectivo y les consta la circunstancia de que doña SOE VERGARA VALDEBENITO RUN 4.260.643-K, en vida también fue conocida como MARIA ISOBE VERGARA VALDEVENITO, y también como MARIA ISOBE VERGARA JJV VALDEVENITO, y también como MARÍA ISOBE VERGARA VALDEBENITO: conoció a doña Soe Vergara porque eran vecinos en el sector Cudico, ella falleció de un cáncer al estómago y yo ayudé en varias oportunidades a moverla en su cama ya que compartí varias veces con ella. Efectivamente a ella la conocían como Soe o María, bueno la nombraban de distintas maneras, para él y los vecinos era María y ya avanzada su edad o para otras circunstancias era Soe. Est
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Villarrica a seis de agosto dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece doña MARÍA ANGÉLICA CONCHA TORO, dueña de casa, cédula de identidad N° 9.852.479-7, domiciliada en Cudico de la comuna de Villarrica, patrocinada en estos autos por doña ESTEFANÍA ELENA ELVIRA EDWARDS FARET, cédula de identidad N° 13.845.871-7, domiciliada en Camilo Henríquez 301 oficina 203 de la comuna de Villarrica, y
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