ANDINA MINERALS LTDA./
Rol
V-286-2020
Fecha
6 de agosto de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que a folio 1 comparece doña Patricia Opazo Opazo, chilena, soltera, Ingeniero Geomensor, cédula nacional de identidad Nº 16.015.695-3, en representación de ANDINA MINERALS CHILE LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, R.U.T. Nº 76.095.870-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo Nº 4.775, Oficina 1.002, comuna de Las Condes, Santiago, la que según presentación de fecha 11 de febrero de 2020, manifiesta 30 pertenencias de 10 hectáreas cada una, lo que hace un total de 300 hectáreas, a las que denomina “VOLCAN VI 13 1 AL 30”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2º) Que se debe dejar constancia que esta manifestación se formula en uso del derecho que a su titular otorga la concesión de exploración “VOLCAN VI 13”, cuyo pedimento fue presentado ante el Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad, bajo el Rol V-2091-2017, el 13 de septiembre de 2017, fecha que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Minería, debe ser tenida como la de presentación de esta manifestación. 3°) Que la manifestación señalada en el considerando primero fue inscrita el 20 de febrero de 2020, a fojas 621 vta. Nº 400 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, y se publica el 11 de marzo de 2020, en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.601. 4º) Que con fecha 17 de septiembre de 2020, fue solicitada la mensura de las pertenencias “VOLCAN VI 13 1 AL 30”, sobre una superficie total de 300 hectáreas. Con posterioridad, según consta del acta y plano, aprobada con fecha 01 de julio de 2021, la mensura comprende 30 pertenencias, con una superficie total de 290 hectáreas. La solicitud de mensura fue publicada con fecha 07 de octubre de 2020, en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.774. Sin que dentro de plazo legal se presentase opositor alguno. 5º) Que a folio 17 consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordinario Nº 4005 de fecha 01 de julio de 2021, el que da cuenta que la operación de mensura fue practicada de forma correcta. 6º) Que las coordenadas U.T.M., que identifican cada uno de los vértices del perímetro del grupo de pertenencias constitutivas son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) P.I. 6.996.300,00 485.400,00 L1 6.997.703,00 484.900,00 L2 6.997.703,00 485.900,00 L3 6.994.803,00 485.900,00 L4 6.994.803,00 484.900,00 7º) Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. Y vistos lo dispuesto en los artículos 2, 34, 85 y 87 del Código de Minería, resuelvo: Decláranse constituidas las pertenencias “VOLCAN VI 13 1 AL 30”, con una superficie total de 290 hectáreas, ubicadas en Quebrada Pastillos, Comuna y Provincia de Copiapó, a favor de ANDINA MINERALS CHILE LIMITADA, antes individualizada. Y apruébanse su plano y acta de mensura. Dese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Remítase copia de esta sentencia al Servicio Naciona
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-286-2020 CARATULADO : ANDINA MINERALS LTDA./ Copiapó, seis de Agosto de dos mil veintiuno Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece doña Patricia Opazo Opazo, chilena, soltera, Ingeniero Geomensor, cédula nacional de identidad Nº 16.015.695-3, en representación de ANDINA MINERALS CHILE LIMITADA, socied
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