SELLAO/CORPORACION MUNICIPAL CONCHALI DE EDUCACION SALUD Y ATENCION DE MENORES
Rol
O-6739-2021
Fecha
26 de agosto de 2022
Materia
Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: 1.- Efectividad que entre las partes OMAR ENRIQUE SELLAO MULATO y la CORPORACION MUNICIPAL CONCHALI DE EDUCACION SALUD Y ATENCION DE MENORES existió una relación laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, esto es bajo subordinación y dependencia. En la afirmativa, fecha de inicio de la relación laboral, naturaleza del contrato celebrado, labores asignadas al actor, lugar y modalidad en que se habrían prestado los servicios, jornada de trabajo que estaba obligado a cumplir, y remuneración pactada y efectivamente percibida y los ítems que la componían. En la efectividad de acreditarse la relación laboral: 2.- Fecha y forma en que se puso término a la relación laboral habida entre las partes. 3.- Estado de pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social del actor a la época del término de la relación laboral. 4.- Procedencia y monto del feriado proporcional que se cobra. CUARTO; Que en la audiencia de juicio fueron incorporados los siguientes medios de prueba por la parte demandante: DOCUMENTAL 1.- Cadena de correos de fechas 24 de febrero al 01 de marzo de 2021 de doña Denisse Corbalán jefa de control cuyo asunto es “Finiquito Tania Alvarado”, con copia a don Omar Sellao. 2.- Correo de fecha 1 de marzo de 2021 de Denisse Corbalán a doña Fabiola Pizarro solicitando INFORME DE RESPALDOS EN EGRESOS SEP 2017 2020 con copia a don Omar Sellao. 3.- Cadena de Correos entre Denisse Corbalán y Susana Ramírez, entre otros funcionarios de la Corporación Municipal de Conchalí, en adelante la CORESAM, desde el 26 de febrero de 2021 al 1 de marzo de 2021 en el cual se trata la temática del pago a proveedor Serlin, con copia a don Omar Sellao. 4.- Correo de fecha 1 de abril de 2021 don Omar Sellao dirigido a don Sebastián Maldonado solicitando el pago de su sueldo y honorarios pendientes. 5.- Correo de fecha 3 de abril de 2021 de doña Denisse Corbalán a don Omar Sellao en el cual adjunta archivo Balance 2016. 6.- Correo de fecha 5 de
Fallo
Por tanto, niega la existencia de la relación laboral, lo que implica la inexistencia de las obligaciones relativas a pago de remuneración y de cotizaciones de seguridad social, habiendo sido asumidas las labores de Directora de Administración y Finanzas, con fecha 20 de abril de 2021 por una tercera persona. TERCERO; Que en audiencia preparatoria de fecha 03 de febrero de 2022 se hizo el correspondiente llamado a conciliación, la que no se produce, fijándose como controvertidos los siguientes hechos: 1.- Efectividad que entre las partes OMAR ENRIQUE SELLAO MULATO y la CORPORACION MUNICIPAL CONCHALI DE EDUCACION SALUD Y ATENCION DE MENORES existió una relación laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, esto es bajo subordinación y dependencia. En la afirmativa, fecha de inicio de la relación laboral, naturaleza del contrato celebrado, labores asignadas al actor, lugar y modalidad en que se habrían prestado los servicios, jornada de trabajo que estaba obligado a cumplir, y remuneración pactada y efectivamente percibida y los ítems que la componían. En la efectividad de acreditarse la relación laboral: 2.- Fecha y forma en que se puso término a la relación laboral habida entre las partes. 3.- Estado de pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social del actor a la época del término de la relación laboral. 4.- Procedencia y monto del feriado proporcional que se cobra. CUARTO; Que en la audiencia de juicio fueron incorporados los siguientes
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Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO; Que comparece don Omar Enrique Sellao Mulato, cédula de identidad número 10.253.325-9, con domicilio para estos efectos en Simón González Nº 7266, comuna de La Reina, interponiendo demanda de cobro de prestaciones y nulidad del despido en contra de la Corporación Municipal de Conchalí de Educación, Salud y
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