BUENO/COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA LEE SPA
Rol
O-891-2021
Fecha
27 de agosto de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. CUARTO: Que en orden a acreditar los
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que Tania Daniela Bueno Marabolí, empleada, domiciliada en Rojas Magallanes 2579, comuna de La Florida, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Comercializadora e Importadora Lee Spa, del giro venta al por menor comercio no especializado, representada legalmente, por Yu Wen Lee, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Sebastopol Nº460, comuna de San Joaquín, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condena a la demandada al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que con fecha 3 de marzo del año 2013 ingresó a prestar servicios para la demandada, hasta el 12 de febrero de 2021, fecha en que se le comunica el término de su contrato de trabajo, por la causal establecida en el artículo 160 Nº7 del Código del Trabajo, imputándosele 4 incumplimientos graves, los que niega categóricamente conforme explica y detalla, dándose por integra y expresamente reproducida la demanda en lo pertinente y
Fallo
en mérito de lo expuesto y normas legales que invoca solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada, contestando el libelo pretensor, solicitó el rechazo de éste, en todas sus partes, con costas. Fundando su defensa señala que la actora consiguió trabajo en la empresa, por ser la madre de la menor Lila Guzmán Bueno, quien es nieta de su esposo Walter Guzmán, pero hizo abuso de la confianza ya que empezó a llegar en estado de ebriedad a cumplir sus obligaciones y producto del consumo de alcohol la actora no podía cumplir con sus funciones de trabajo. Indica que no es efectiva la remuneración señalada en la demanda y afirma que ésta sólo percibía un ingreso mínimo mensual remuneracional y añade que el miércoles 3 de febrero de 2021, la actora sin pedir permiso y sin justificación alguna, se ausentó de su lugar de trabajo incumpliendo gravemente sus obligaciones contractuales y derechamente no volvió a trabajar sin dar justificación alguna de su conducta a la fecha. Agrega que el día 9 de febrero de 2021, la actora se quedó dormida en su lugar de trabajo y luego de despertarse tuvo que irse inmediatamente a su casa porque seguía somnolienta, lo que según los testigos se asocia a un grave consumo de alcohol. Indica que el 10 de febrero de 2021, la demandante no se presentó a trabajar injustificadamente y afirma que la trabajadora desplegó una conducta que no sólo es reprochable des
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San Miguel, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Tania Daniela Bueno Marabolí, empleada, domiciliada en Rojas Magallanes 2579, comuna de La Florida, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Comercializadora e Importadora Lee Spa, del giro venta al por menor comercio no especializado, representada legalmente, por Yu Wen L
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