C/ NIBALDO OSVALDO GUTIÉRREZ HUIZA
Rol
O-11002-2024
Fecha
16 de diciembre de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 05 de septiembre de 2024, siendo aproximadamente las 15.37 horas, el imputado fue sorprendido en forma flagrante al interior del atienda comercial Hites ubicada en calle Paseo Puente N° 696, comuna de Santiago, sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño las siguientes especies que se encontraban a la venta directa al público: 5 pack de calcetines marca Top Y 1 pack de bóxer marca Kayser, especies que oculto en una mochila que portaba, para luego traspasar las paletas de seguridad, activándose los sensores de seguridad, sin pagar el valor de dichas especies, las cuales fueron avaluadas en la sumad de $79.938. SE DECLARA: I.- Que se condena a NIBALDO OSVALDO GUTIÉRREZ HUIZA, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUNTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Código: JHTFXRXJXJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación al art. 446 N° 3, ambos del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de Santiago el día 05 de septiembre de 2024, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la pena de multa se le tiene por cumplida, con el tiempo que permaneció privada de libertad con motivo de la presente causa y pasó a control de detención el día 06 de septiembre de 2024. III.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley N° 18.216, la pena corporal deberá ser cumplida de forma EFECTIVA, sin días de abono a su favor que computar. IV.- Que se le exime del pago de las costas por haber sido representado por de Defensoría Penal Pública y porque con su admisión de responsabilidad ha colaborado a la administración de la justicia evitando la realización de un juicio oral. V.- Una vez ejecutoriado el
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a NIBALDO OSVALDO GUTIÉRREZ HUIZA, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUNTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Código: JHTFXRXJXJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación al art. 446 N° 3, ambos del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de Santiago el día 05 de septiembre de 2024, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la pena de multa se le tiene por cumplida, con el tiempo que permaneció privada de libertad con motivo de la presente causa y pasó a control de detención el día 06 de septiembre de 2024. III.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley N° 18.216, la pena corporal deberá ser cumplida de forma EFECTIVA, sin días de abono a su favor que computar. IV.- Que se le exime del pago de las costas por haber sido representado por de Defensoría Penal Pública y porque con su admisión de responsabilidad ha colaborado a la administración de la justicia evitando la realización de un juicio oral. V.- Una vez ejecutoriado el presente fallo dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Min
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2401062163-8 RIT: 11002 - 2024 IMPUTADO: NIBALDO OSVALDO GUTIÉRREZ HUIZA C.I. 13.444.125-9 DELITO HURTO SIMPLE ARTICULO ARTÍCULO 432 EN RELACIÓN AL ART. 446 N° 3 DEL CÓDIGO PENAL PARTICIPACIÓN AUTOR G. D
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