Juzgado de Garantía de Coquimbo

MARCIA HUENTRUTRIPAY IBARRA C/ HÉCTOR DAVID CARRASCO REYES

Rol

O-3014-2022

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 04 de julio de 2019, a las 09:35 horas aproximadamente, el imputado Héctor David Carrasco Reyes condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conductor, el vehículo marca Daewoo, modelo Lanos, P.P.U. TH-9400, por la intersección de Avenida Varela y calle Las Heras, comuna de Coquimbo, lugar donde fue controlado por funcionarios de Carabineros quienes se percataron que el imputado se encontraba en estado de ebriedad, practicándole la prueba respiratoria de alcotest, que arrojó un resultado de 0,90/L, trasladándolo posteriormente al servicio de urgencia del Hospital de Coquimbo donde se le practicó el examen de alcoholemia respectivo, el que dio un resultado científico de 0,95 gramos por mil de alcohol en la sangre. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. COQUIMBO, diecisiete de diciembre dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3, 7, , 15 N° 1, 21, 30, 49, 50, 67, 69, 70,194 y 103 del Código Penal, artículo 110, 196 y 209 inciso 2 de la Ley 18.290, artículos, 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 10 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, a HECTOR DAVID CARRASCO REYES, cédula de identidad N°14.108.166-7, ya individualizado a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MINIMO, SUSPENSION DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, POR EL TÉRMINO DE 2 AÑOS y ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad cometido por quien no ha obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley del Tránsito N° 18.290, en relación con los artículos 110 y 209 inciso 2º del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado, en que cabe al imputado participación en calidad de autor, perpetrado el día 04 de Julio de 2022 en la comuna de Coquimbo. II.- Que, reuniéndose respecto del acusado los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, y concurriendo, además, su voluntad expresa, se sustituirá la pena privativa de libertad por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por 81 horas, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social respectivo dentro del plazo de cinco días, contados desde que recupere

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: El día 04 de julio de 2019, a las 09:35 horas aproximadamente, el imputado Héctor David Carrasco Reyes condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conductor, el vehículo marca Daewoo, modelo Lanos, P.P.U. TH-9400, por la intersección de Avenida Varela y calle Las Heras, comuna de Coquimbo, lugar donde fue controlado por funcionarios de Carabineros quienes se percatar

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