Juzgado de Garantía de Valparaíso

MP C/ MATÍAS FERNANDO CANALES ESCALONA

Rol

O-5964-2024

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “Que el día. 12 de agosto del año 2024 a eso de las 11:07 minutos aproximadamente, el requerido previamente individualizado Matías Fernando Canales Escalona, concurre hasta las dependencias del supermercado Líder, ubicado en Calle Brasil número 13301 de la comuna de Valparaíso, lugar al cual accede con evidente ánimo de lucro, procede a sustraer desde el interior de los pasillos de venta del recinto, diversas especies muebles, que correspondían principalmente a carnes selladas al vacío, además de leche, jamón acaramelado, salchichones y postres de la marca Chandelle, los cuales tienen un monto de avaluó de $111.440 especies con las cuales traspasa las cajas de pago sin cancelar por su valor, siendo retenidos por guardia de seguridad, quiénes a la concurrencia de Carabineros determinan la posición de las especies previamente sustraídas por el imputado aún en su poder.” Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por las consideraciones antes expuestas y visto además lo dispuesto en los artículos: , , , , N° 3 del Código Penal; artículo , y siguientes, , 3 , 3 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.-Se ABSUELVE de toda responsabilidad en los hechos materia del requerimiento a MATÍAS FERNANDO CANALES ESCALONA, cédula nacional de identidad N° - , ya individualizado, en relación con el presunto delito de hurto simple, que habría ocurrido el día de agosto del año en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- Se exime al pago de las costas de la causa al Ministerio Público, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 3 del Código Procesal Penal Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 3 3- RIT N° - Código: MSGKXRJXMCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Camilo

Fallo

se declara: I.-Se ABSUELVE de toda responsabilidad en los hechos materia del requerimiento a MATÍAS FERNANDO CANALES ESCALONA, cédula nacional de identidad N° - , ya individualizado, en relación con el presunto delito de hurto simple, que habría ocurrido el día de agosto del año en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- Se exime al pago de las costas de la causa al Ministerio Público, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 3 del Código Procesal Penal Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 3 3- RIT N° - Código: MSGKXRJXMCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: MSGKXRJXMCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-17T10:15:56-0300

Texto Completo (Preview)

Imputado: MATÍAS FERNANDO CANALES ESCALONA, cédula nacional de identidad N° . . - , nacido el de octubre de , con años de edad, sin oficio, situación de calle. Valparaíso, doce de diciembre del año dos mil veinticuatro. Hechos: “Que el día. 12 de agosto del año 2024 a eso de las 11:07 minutos aproximadamente, el requerido previamente individualizado Matías Fernando Canales Escalona, concurre has

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica