PEREDO/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPU
Rol
C-4890-2021
Fecha
4 de agosto de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece don Rodrigo Andrés Peredo Ortega, operador de producción, domiciliado en calle Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, quien interpone demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derecho de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por Cathy Carolina Barriga Guerra, alcaldesa, ambos domiciliados en Avenida Cinco de Abril 260, comuna de Maipú, Santiago. Fundamentando su demanda, señala que es residente y dueña del inmueble ubicado en calle Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, propiedad respecto de la cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre del 2020, según consta en documento de informe de deuda de derechos de aseo que acompaña. Sin embargo para el período que abarca desde el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Como
Fundamentos
fundamentos de Derecho, cita los artículos 2493, 2514 y 2515, todos del Código Civil; agregando que es procedente que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal comprendidos entre el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ascendentes a la suma de $860.477.- Por lo que, previa cita de disposiciones legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario, por declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldes, Cathy Carolina Barriga Guerra, ambos ya individualizados, y en definitiva declarar la prescripción extintiva de LLD las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, correspondiente al período que comprende entre el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ascendentes a la suma de $860.477.-, o la que SS. determine conforme a derecho. Al folio 8, la demandada contestó la demanda incoada en su contra y previo resumen de la misma, se allanó a la demanda, ya que en ella se solicita la prescripción por los derechos de aseo entre el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre de 2014, ambos inclusive, fundado en que quien presentó juicio de prescripción extintiva está haciendo valer su justo derecho; por lo que solicita que se le tenga por allanada y no se le condene en costas a su parte, por cuanto ha tenido motivo plausible para litigar. Por lo que, previa cita de disposiciones legales, solicita tener por contestada demanda interpuesta en contra de su representada, y tener a su parte por allanada los derechos de aseo domiciliario, solicitando que no se condene en costas al resolver la misma. Al folio 11, atendido el allanamiento señalado y lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo hechos sustanciales y controvertidos se omitió recibir la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO*: Que don Rodrigo Andrés Peredo Ortega, ha interpuesto en esta sede civil demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldesa Cathy Carolina Barriga Guerra, a fin de que se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada pasaje Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, correspondiente al período que comprende entre el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ascendentes a la suma de $860.477, o la que SS., determine conforme a derecho. Basa su demanda en los fundamentos de hecho y de derec
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se hace lugar a la demanda principal contenida al folio 1 declarándose que se encuentran prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, más sus respectivos reajustes, intereses LLD y eventuales multas, respecto de la propiedad ubicada en calle Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, Rol de Avalúo 8178-24 de dicha comuna, respecto del período cuyas fechas de vencimiento median entre el 30 de junio del 2012 al 30 de noviembre de 2014, ambas inclusive. II. Que no se condena en costas a la demandante, Ilustre Municipalidad de Maipú, por haberse allanado a la demanda incoada en su contra y así solicitarlo expresamente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol: C-4890-2021 DICTADA POR DOÑA SYLVIA PAPA BELETTI, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Agosto de dos mil veintiuno.- LLD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-04T16:37:44-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4890-2021 CARATULADO : PEREDO/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPU Santiago, cuatro de Agosto de dos mil veintiuno.- VISTOS: Al folio 1, comparece don Rodrigo Andrés Peredo Ortega, operador de producción, domiciliado en calle Ignacio García Silva N°2920, Conjunto Habitacional Pehuén VI, comuna de Maipú, quien interpone d
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