Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli

MP C/ BASTIÁN MARCELO MUÑOZ SÁNCHEZ

Rol

O-611-2024

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y fue defendido por la Defensoría Penal Pública. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas y artículo 12 de la Ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar. Archívese oportunamente. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, por lo que se tiene por ejecutoriada la sentencia a contar de esta fecha, cúmplase y ofíciese. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 611 - 2024 RUC N° 2400562267-7 Dictada por don ALEX FERNANDO ESPINOZA SALINAS, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli Código: XVTWXRXQKWV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-23T12:09:47-0300

Fundamentos

considerando: Que en esta causa RIT Nº 611 - 2024, RUC Nº 2400562267-7, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don BASTIÁN MARCELO MUÑOZ SÁNCHEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 0018976224- 0, domiciliado en Calle CELEDONIO VERDUGO Nº 14293, comuna de San Bernardo. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a don BASTIÁN MARCELO MUÑOZ SÁNCHEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 0018976224- 0, ya individualizado, como autor del delito consumado de Coacion ART. 494 Nº16. y Lesiones menos graves previsto y sancionado en el artículo 399, 494 N°5 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley 20.066, hecho cometido en esta jurisdicción el día 16-05-2024, en perjuicio de la víctima CARLA CECILIA PEREZ CID, a las siguientes penas: FALTA DE COACCIÓN A) A MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Se hace presente, además, que se le tiene, en este acto, por cumplida multa impuesta, atendido el mayor tiempo de privación de libertad que el requerido registra en razón de la presente causa. LESIONES MENOS GRAVES A) A MULTA DE 3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. Código: XVTWXRXQKWV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se decreta en contra del sentenciado BASTIÁN MARCELO MUÑOZ SÁNCHEZ, por el plazo de un año, las siguientes medidas accesorias: La establecida en el artículo 9 letra b) de la Ley 20.06, sobre violencia intrafamiliar, esto es, la prohibición del condenado BASTIÁN MARCELO MUÑOZ SÁNCHEZ de acercarse a la víctima doña CARLA CECILIA PEREZ CID, a su domicilio ubicado en Calle CELEDONIO VERDUGO Nº 14293, comuna de San Bernardo, al lugar de estudio o de trabajo de ésta, así como a cualquier otro lugar en que la víctima permanezca, concurra o visite habitualmente.

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 611 - 2024, RUC Nº 2400562267-7, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don BAS

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