Juzgado de Letras y Gar. de Hualaihue

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/GONZÁLEZ

Rol

C-10-2021

Fecha

4 de agosto de 2021

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha ocho de febrero del presente año, comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, C.I. N° 16.804.994-3 inspector funcionario, Martin Guillermo Plencovich Charles, C.I. N° 7.052.476-7, abogado, Katty Daniela Morales Vera, C.I. N° 14.221.427-k, abogada, Graciela Elizabeth Yunge Hidalgo, C.I. N° 15.318.057-1, abogada, todos funcionarios del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, domiciliados en calle Talca N° 60, tercer piso, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, y para efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, domiciliados en Carretera Austral, Km 55, quienes interponen denuncia en contra de don ÉRICO ALEJANDRO GONZÁLEZ SOTO, C.I. N° 12.309.839-0, domiciliado en Carretera Austral Kilómetro 21 de la comuna de Puerto Montt, por comercializar recurso merluza del sur sin acreditar origen legal, infringiendo el artículo 65 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. A Folio 9 se llevó a cabo la audiencia de rigor, recibiéndose la causa a prueba con fecha 19 de marzo, realizándose la audiencia respectiva con fecha 22 de abril. A folio 21 se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, Martin Guillermo Plencovich Charles, Katty Daniela Morales Vera Y Graciela Elizabeth Yunge Hidalgo, todos funcionarios del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, quienes interponen denuncia en contra de ÉRICO ALEJANDRO GONZÁLEZ SOTO, C.I. N° 12.309.839-0, fundado en que con fecha día 16 de Julio de 2020, a las 07:15 horas, el Servicio, a través de la oficina de Contao, en un procedimiento de fiscalización en control carretero en la misma localidad y en conjunto con carabineros de retén Contao, se inspeccionó el camión marca Mercedes Benz modelo 914, año 1998, patente RT-83-04, en cuya bodega de carga se transportaban bandejas plásticas con recurso merluza del sur o Foja: 1 austral (merluccius australis). Al consultar por la documentación requerida para acreditar el origen legal de dichos recursos, el denunciado exhibió reportes de desembarque artesanal, reportes de abastecimiento y destino de la comercializadora de la cual es titular y los documentos tributarios respectivos. Toda la documentación recién mencionada permitía acreditar el origen legal de un total de 2.000 kilogramos de merluza del sur con destino a planta Pesquera Santa Marta, por lo que tras una primera verificación visual de la carga se tomó la decisión de ingresar a la bodega del vehículo a corroborar que la cantidad transportada correspondía con la respaldada por los documentos exhibidos por el denunciado. El conteo de la carga arrojó que la cantidad efectivamente transportada totalizaba 3.240 kilogramos, por lo que se determinó que existía un saldo de 1.240 kilogramos respecto al cual no existía documento alguno que permitiera explicar su procedencia ni tampoco acreditar el origen legal de dichos recursos. Señaló que la merluza del sur es un recurso que, según el informe “Estado de situación de las principales pesquerías chilenas, año 2019” de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se encuentra en régimen de plena explotación y en estado de conservación biológica de sobreexplotado y sobrepesca. En atención a ello se han establecido restricciones administrativas, consistentes en: suspensión de inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal; Cuota Global Anual de Captura; y, veda biológica durante el mes de agosto de cada año. Refiere que en la comuna de que provienen los recursos transportados por el denunciado, el ente a quien se ha delegado la administración de la cuota anual de captura correspondiente al área RAE Hualaihué es la Federación de Pescadores de Hualaihué, la cual a través de la consultora PROMAR AUSTRAL otorga un número de verificación correlativo y único a cada captura efectuada por embarcaciones que conforman este RAE. Al momento de la fiscalización en control carretero el día 16 de julio de 2020, Érico Alejandro González Soto, se constituye como responsable de la carga que hasta ese momento se encontraba dentro del camión marca Mercedes Benz modelo 914, año 1998, patente RT-83-04, in

Fallo

SE DECLARA: I. SE HACE LUGAR A LA DENUNCIA de Folio 1 y, en consecuencia, SE CONDENA al denunciado ÉRICO ALEJANDRO GONZÁLEZ SOTO, C.I. N° 12.309.839-0, a pagar una multa ascendente a 44,392 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, que deberán enterarse en la Tesorería Provincial dentro del plazo de diez días de ejecutoriada la sentencia. II. Cada parte pagará sus costas. Transcurrido cinco días desde el vencimiento del plazo anterior, sin que conste el pago de la multa, se despachará orden de arresto, sufriendo el sentenciado un día de reclusión por cada Unidad Tributaria mensual adeudada. Regístrese, notifíquese y envíese copia al Servicio Nacional de Pesca de la Décima Región. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Hualaihue, cuatro de Agosto de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-04T15:46:31-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Hualaihue CAUSA ROL : C-10-2021 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/GONZ LEZÁ Hualaihue, cuatro de Agosto de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha ocho de febrero del presente año, comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, C.I. N° 16.804.994-3 inspector funcionario, Mart

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