Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio

M.P. C/ MIGUEL ANGEL VILLAGRA SANDOVAL

Rol

O-277-2024

Fecha

16 de diciembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 14 de septiembre de 2023 siendo aproximadamente las 15:55 horas el imputado MIGUEL ANGEL VILLAGRA SANDOVAL con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, mediante la conducción del camión marca Freightliner placa patente NC-8522-6 ingresó hasta el recinto portuario de San Antonio, específicamente al interior de las dependencias del DP World ubicado en Alan Macowan N° 240, Código: JLZQXRVKYLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 comuna de San Antonio y desde el interior cargó el contenedor MKU 5702474, contenedor que en su interior mantenía maquinas freidoras y maquinas de hielo avaluadas en la suma de $ 350.000.000 de pesos, no alcanzando a salir del recinto y siendo detenido en el lugar.” Calificación jurídica. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos de un delito de Hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 446 N°1 del Código Penal, siendo el grado de desarrollo el de frustrado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Participación. A juicio de la fiscalía, al acusado le ha correspondido, según el artículo 15 N°1 del Código Penal, una participación en calidad de AUTOR, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal. A juicio del Ministerio Público, no reconoció modificatorias de responsabilidad penal en la acusación. Pena Solicitada. En base a los antecedentes ya reseñados, los artículos 1, 3, 7, 14 N°1, 15 N°1, 22, 24, 29, 67, 446 N°1°, todos del Código Penal, y artículos 248, 259 y siguientes del Código Procesal Penal, el Ministerio Público solicitó una pena de 800 días de presidio menor en su grado medio y multa de 25 unidades tributarias mensuales, más las accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que el día seis de diciembre de 2024, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, en sala constituida por los jueces, Sergio Ortiz Huechapán, como presidente de la misma, don Mauricio Aguilar Donoso y don Diego Muñoz Pacheco, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral, en la causa RIT N°277-2024, seguida en contra de MIGUEL ANGEL VILLAGRA SANDOVAL, cédula de identidad N°9.327.517-9, nacido el 17 de junio de 1962, en Valdivia, 62 años, casado, conductor, domiciliado en Pasaje carriel sur 0317, pampa nueva, Arica, representado por la defensora penal público Betsabé Carrasco. Por el Ministerio Público compareció el fiscal Francisco Martínez. PRIMERO: Acusación fiscal. La imputación efectuada por el ente persecutor, es del tenor siguiente: Los hechos: “El día 14 de septiembre de 2023 siendo aproximadamente las 15:55 horas el imputado MIGUEL ANGEL VILLAGRA SANDOVAL con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, mediante la conducción del camión marca Freightliner placa patente NC-8522-6 ingresó hasta el recinto portuario de San Antonio, específicamente al interior de las dependencias del DP World ubicado en Alan Macowan N° 240, Código: JLZQXRVKYLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 comuna de San Antonio y desde el interior cargó el contenedor MKU 5702474, contenedor que en su interior mantenía maquinas freidoras y maquinas de hielo avaluadas en la suma de $ 350.000.000 de pesos, no alcanzando a salir del recinto y siendo detenido en el lugar.” Calificación jurídica. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos de un delito de Hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 446 N°1 del Código Penal, siendo el grado de desarrollo el de frustrado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Participación. A juicio de la fiscalía, al acusado le ha correspondido, según el artículo 15 N°1 del Código Penal, una participación en calidad de AUTOR, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal. A juicio del Ministerio Público, no reconoció modificatorias de responsabilidad penal en la acusación. Pena Solicitada. En base a los antecedentes ya reseñados, los artículos 1, 3, 7, 14 N°1, 15 N°1, 22, 24, 29, 67, 446 N°1°, todos del Código Penal, y artículos 248, 259 y siguientes del Código Procesal Penal, el Ministerio Público solicitó una pena de 800 días de presidio menor en su grado medio y multa de 25 unidades tributarias mensuales, más las accesorias de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, según lo dispuesto en el artículo 29 Código: JLZQXRVKYLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 del Código Penal, y se le condene al

Fallo

Por tanto, su versión a su juicio es poco creíble y es por eso que entendemos que él fue parte de este tinglado para poder sustraer este contenedor. Así las cosas, el Ministerio Público va a solicitar que se condene al señor Villagra Sandoval como autor del delito de hurto a la pena ya ofrecida en la acusación. TERCERO: Alegato de apertura de la defensa. La defensa indicó que pedirá la absolución por no configurarse los requisitos típicos del delito. Con la misma prueba de cargo, se dará cuenta que Código: JLZQXRVKYLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 su representado, un conductor de hace más de 40 años, desconocía que los documentos eran irregulares. Esto se acreditará con la prueba de cargo, la declaración de su representado, que, a diferencia de lo indicado, tiene irreprochable conducta anterior. Él fue víctima de un engaño y el propietario del camión. No se investigó el origen de los documentos, hay una investigación sesgada. Él pasó 3 filtros, y saliendo fue detenido donde se señaló que tenía documento original. Hay vacíos que se acreditarán con la misma prueba de cargo. En su alegato de clausura, la defensa solicitó la absolución. Tiene la certeza de que su representado no tenía conocimiento de que estaba en presencia de un hecho ilícito. Particularmente, aquí se ha versado y se ha señalado en diversas ocasiones la documentación adulterada, pero se pregunta la defensa cuál fue el documento adulte

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1 MINISTERIO PÚBLICO / MIGUEL ÁNGEL VILLAGRA SANDOVAL HURTO SIMPLE ARTÍCULO 446 N°1 DEL CÓDIGO PENAL RUC N°: 2301004537-1 RIT N°: 277-2024 SAN ANTONIO, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Que el día seis de diciembre de 2024, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, en sala constituida por los jueces, Sergio Ortiz Huechapán, como

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