Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ FRANCO NICOLÁS LUARCA SEGURA

Rol

O-2443-2023

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 8, 11, 15, 15 bis de la Ley No. 18.216, se declara: i.- Que se condena a FRANCO NICOLÁS LUARCA SEGURA, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo con intimidación, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 14 de marzo de 2023. ii.- Que atendido los antecedentes personales y sociales del(a) sentenciado(a), en particular su extracto de filiación y antecedentes, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta, esto desde que se presente o fuere habido(a). Que se imputará a dicho cumplimiento el tiempo que ha permanecido detenido y sujeto a prisión preventiva el sentenciado(a) en la causa, ininterrumpidamente entre los días 14 de marzo de 2023 y el día de hoy, ambas fechas inclusive, lo cual totaliza 640 días de abono. iii.- Que no habiéndose determinado la huella genética del(a) sentenciado(a) durante el procedimiento, cúmplase con determinar la referida huella genética en esta oportunidad, previa toma de las muestras biológicas correspondientes e inclúyanse éstas en el Registro de Condenados del Sistema Nacional de ADN. iv.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado y al hecho de encontrarse patrocinado(a) el(la) imputado(a) por la Defensoría Penal Públic

Fallo

se declara: i.- Que se condena a FRANCO NICOLÁS LUARCA SEGURA, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo con intimidación, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 14 de marzo de 2023. ii.- Que atendido los antecedentes personales y sociales del(a) sentenciado(a), en particular su extracto de filiación y antecedentes, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta, esto desde que se presente o fuere habido(a). Que se imputará a dicho cumplimiento el tiempo que ha permanecido detenido y sujeto a prisión preventiva el sentenciado(a) en la causa, ininterrumpidamente entre los días 14 de marzo de 2023 y el día de hoy, ambas fechas inclusive, lo cual totaliza 640 días de abono. iii.- Que no habiéndose determinado la huella genética del(a) sentenciado(a) durante el procedimiento, cúmplase con determinar la referida huella genética en esta oportunidad, previa toma de las muestras biológicas correspondientes e inclúya

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : once de diciembre de dos mil veinticuatro. Imputado : FRANCO NICOLÁS LUARCA SEGURA, cédula de identidad N° 0020402643-2, fecha de nacimiento, 19 de marzo de 2000, se ignora profesión u oficio, con domicilio en Calle CARELMAPU N°14703, BLOCK 12, DPTO 108, comuna de San Bernardo. Víctima : CARLOS ALBERTO VIVEROS BARRA Fiscal : KARINA

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