Juzgado de Letras y Garantía de Lota

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCELO ALEXIS CAMPOS MERA

Rol

O-61-2024

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y.

Resultado

No especificado

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Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a don MARCELO ALEXIS CAMPOS MERA ya individualizado, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 262 inciso segundo en relación con el artículo 261 número dos del Código Penal, perpetrado en la comuna de Lota el día 23 de enero de 2024 alrededor de las 00:25 horas en grado de desarrollo consumado. II. Que se tiene por cumplida un tercio de la pena de multa por el periodo de sujeto a detención el día 23 de enero de 2024 y se concede respecto del saldo de dos tercios el pago en parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de un tercio cada una, con vencimiento el 10 de enero de 2025 y 10 de febrero de 2025, concediéndose un margen para el pago de 5 días para respecto de cada una de esas fechas, es decir, los 5 días posteriores al 10 de mayo de 2025 y 10 de febrero de 2025. III. Que no se condenen costas al sentenciado por haber aceptado responsabilidad en los hechos, evitando con ello la realización de un juicio oral. IV. Se ordena el alzamiento de las medidas cautelares decretadas con motivo de esta causa, en atención a la pena y forma de cumplimiento de la misma. Cúmplase con lo establecido en el artículo 468 código procesal penal, en su oportunidad, Regístrese, agréguese y archivarse Intervinientes quedan notificados personalmente. RUC N° 2400090842-4 RIT N° 61 - 2024 Dictada por MANUEL RODRIGO ARGANDOÑA OSSES

Texto Completo (Preview)

DELITO : ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. JUZGADO : JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOTA RIT : 61 - 2024 RUC : 2400090842-4 IMPUTADO : MARCELO ALEXIS CAMPOS MERA JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOTA. C/ MARCELO ALEXIS CAMPOS MERA Lota, diez de diciembre de dos mil veinticuatro Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuest

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