2º Juzgado de Letras de Calama

SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA CERRO ELQUI/

Rol

V-408-2021

Fecha

3 de agosto de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de marzo de 2021, siendo las 00:21 horas, doña TERESITA DE JESUS CUELLAR SIERRA, chilena, casada, Abogada, cédula de identidad N° 10.966.489-8 en representación de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA CERRO ELQUI, sociedad chilena, Rut N° 76.214.046-2, ambas domiciliadas en calle Trumao 1100, departamento 42, Edificio Alcazar del Mar Uno, ciudad de Antofagasta, Segunda Región, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “HERA 22B”, cuyo punto medio se sitúa en la comuna de Calama, Provincia de El Loa, región de Antofagasta, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.622.000,00 metros; AL ESTE 519.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 26 de marzo de 2021, a fojas 1627 bajo el Nº 887, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.021. TERCERO: Que con fecha 12 de abril de 2021, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 42.927, CVE 1924684, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.622.000,00 519.500,00 V1 7.623.500,00 519.000,00 V2 7.623.500,00 520.000,00 V3 7.620.500,00 520.000,00 V4 7.620.500,00 519.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 4924, de fecha 23 de julio de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “HERA 22B”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA CERRO ELQUI antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la s

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FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-408-2021 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA CERRO ELQUI/ Calama, tres de Agosto de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de marzo de 2021, siendo las 00:21 horas, doña TERESITA DE JESUS CUELLAR SIERRA, chilena, casada, Abogada, cédula de identidad N° 10.966.489-8

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