Juzgado de Garantía de Ovalle.

DANILO FERDINANDO SEPÚLVEDA CARRASCO C/ JUAN ARIEL ZEPEDA ZEPEDA

Rol

O-1622-2024

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 16 de octubre de 2022, a las 21:00 horas aproximadamente, el imputado JUAN ARIEL ZEPEDA ZEPEDA, condujo en estado de ebriedad con una dosificación de 1,36 gramos por mil de alcohol en la sangre, el automóvil marca Chery, modelo Fulwin, color blanco, placa patente HVWW-80, por el camino público del sector de Parral de Quiles de la comuna de Punitaqui, donde perdió el control del vehículo cayendo a una quebrada. Producto de lo anterior las personas que viajaban en el vehículo antes señalados resultaron con las siguientes lesiones; doña Leidy Yosselin Jamett Rojas resultó con policontusiones, doña Carla Marianella Zepeda Jamett resulto con policontusiones, Martina Josefa Zepeda Jamett resultó con contusión en pierna derecha, todas lesiones de carácter leve y doña Nissen Aracely Zepeda Jamett Rojas resultó con policontusiones, lesiones de mediana gravedad. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 15, 30, 49, 50, 62, 67, 70, del Código Penal; normas pertinentes de la Ley 18.290 y Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, se declara: I.- Que se condena a Juan Ariel Zepeda Zepeda, cédula nacional de identidad N° 16.324.105- 6, ya individualizado, a sufrir la pena de (100) cien días de presidio menor en su grado mínimo, multa de (2) dos unidades tributarias mensuales y suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el término de treinta y seis meses, por su participación de conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves y menos graves, hecho perpetrado en la comuna de Punitaqui, el día 16 de octubre de 2022. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el periodo de un año y cumplir las

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Juan Ariel Zepeda Zepeda, cédula nacional de identidad N° 16.324.105- 6, ya individualizado, a sufrir la pena de (100) cien días de presidio menor en su grado mínimo, multa de (2) dos unidades tributarias mensuales y suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el término de treinta y seis meses, por su participación de conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves y menos graves, hecho perpetrado en la comuna de Punitaqui, el día 16 de octubre de 2022. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el periodo de un año y cumplir las demás instrucciones que ese organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, ante el Centro de Reinserción Social de Ovalle, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, bajo apercibimiento de revocarle esta. III.- Si el sentenciado no pagaren la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose, un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. De acuerdo al artículo 70 del Código Penal, se autoriza a los sentenciados a pagar la multa impuesta en (04)

Texto Completo (Preview)

/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., once de diciembre de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado LUIS ALBERTO MUÑOZ CAAMAÑO RUC 2201044318-4 RIT 1622-2024 Delito Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves y menos graves, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 2º en relación al ar

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