C/ MANUEL ENRIQUE SOTO MUÑOZ
Rol
O-5849-2024
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día de noviembre del año 2 2 , a eso de las hrs aproximadamente, Carabineros llego hasta Av. Departamental con Av. Vicuña Mackenna, comuna de Macul, donde procede a la fiscalización del requerido MANUEL ENRIQUE SOTO MUÑOZ, divisando en su chaqueta un arma blanca tipo cuchillo de cm de empuñadura de madera y cm de hoja, sin que haya podido justificar razonablemente su porte, por lo que procedieron a su detención. Delito y grado de desarrollo Porte de arma blanca cortante o punzante en espacio público, previsto y sancionado en el artículo 2 bis del Cód igo Penal. Autor y cinsumado Participación Autor. Artículo Nº Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Nº Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MANUEL ENRIQUE SOTO MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, y a la pena del COMISO de la especie incautada, como autor del delito consumado de Porte de arma blanca cortante o punzante en espacio público, previsto y sancionado en el artículo 2 bis del Código Penal, hecho ocurrido el día de noviembre del año 2 2 , en la comuna de Macul, sin costas. II. Que respecto de la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, se le da por cumplida con el día de noviembre, que estuvo privado de libertad con ocasión de la presente causa. III. Respecto del cuchillo incautado, se ordena su destrucción por el Ministerio Público. Código: FTHCXRLXFUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MANUEL ENRIQUE SOTO MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, y a la pena del COMISO de la especie incautada, como autor del delito consumado de Porte de arma blanca cortante o punzante en espacio público, previsto y sancionado en el artículo 2 bis del Código Penal, hecho ocurrido el día de noviembre del año 2 2 , en la comuna de Macul, sin costas. II. Que respecto de la pena de multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, se le da por cumplida con el día de noviembre, que estuvo privado de libertad con ocasión de la presente causa. III. Respecto del cuchillo incautado, se ordena su destrucción por el Ministerio Público. Código: FTHCXRLXFUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: FTHCXRLXFUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado
Texto Completo (Preview)
1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2401331776-K RIT : 4 - 2024 IMPUTADO : MANUEL ENRIQUE SOTO MUÑOZ Cédula de Identidad : - Nacionalidad : CHILENO Fecha de nacimiento - - Domicilio : PASAJE 2 ORIENTE Nº , LA GRANJA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha
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