RODRIGO ANDRES MUÑOZ HERNANDEZ C/ BRAYAN ADRIAN FERNANDEZ PALMA
Rol
O-2434-2024
Fecha
4 de diciembre de 2024
Materia
OTROS DELIT. CONTRA ORDEN Y SEG. PUBLIC COMET POR PARTICUL
Resultado
No especificado
Hechos
hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Código: XJJBXRYNMEQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ministerio Público como al Estado. V. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Dictada por FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XJJBXRYNMEQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-11T11:45:42-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a BRAYAN ADRIAN FERNANDEZ PALMA, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍA DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TENENCIA DE ELEMENTOS PROHIBIDOS EN RECINTO PENITENCIARIO, previstos y sancionado en el ART. 304 TER en relación al 304 BIS del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II. Que no reuniendo el imputado los requisitos de la ley 18.216 deberá hacer cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad antes mencionada, sin abonos que considerar. III.- Que en virtud a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal se ordena el comiso de las especies incautadas al imputado. IV. Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Código: XJJBXRYNMEQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ministerio Público como al Estado. V. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Dictada por FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago., cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 7° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE RUC: 2301356214-8 RIT: 2434-2024 IMPUTADO: BRAYAN ADRIAN FERNANDEZ PALMA C.I. 20792109-2 DELITO TENENCIA DE ELEMENTOS PROHIBIDOS EN RECINTO PENITENCIARIO ARTICULO ART. 304 TER en relación al
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