MP C/ DILAN ISMAEL CASTILLO MARCHANTT
Rol
O-1097-2024
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15 N° 1, 296 N°3 del Código Penal; artículos 1, 4°, 45 y siguientes, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia, se absuelve a DILAN ISMAEL CASTILLO MARCHANTT, cédula de identidad N° 19.326.600-2, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito amenazas simples o no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrado alrededor de las 14:00 horas del día 22 de febrero del año 2024, en perjuicio de la víctima doña Evelyn Marjorie Contreras Espinoza, según hecho ocurrido en las afueras del domicilio ubicado en Vargas Stoller, Pasaje Londres, casa N° 06, Población Montedónico, Playa Ancha, Valparaíso. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusiere recurso procedente. Dese copia de lo obrado. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /djv Código: XMJXXRHQNVS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-16T17:27:32-0300
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia, se absuelve a DILAN ISMAEL CASTILLO MARCHANTT, cédula de identidad N° 19.326.600-2, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito amenazas simples o no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en grado consumado, supuestamente perpetrado alrededor de las 14:00 horas del día 22 de febrero del año 2024, en perjuicio de la víctima doña Evelyn Marjorie Contreras Espinoza, según hecho ocurrido en las afueras del domicilio ubicado en Vargas Stoller, Pasaje Londres, casa N° 06, Población Montedónico, Playa Ancha, Valparaíso. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusiere recurso procedente. Dese copia de lo obrado. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. /djv Código: XMJXXRHQNVS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-16T17:27:32-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RUC N°2400219791-6 // RIT N° 1097–2024 C/ CASTILLO MARCHANTT, DILAN ISMAEL, cédula de identidad N° 19.326.600-2, 28 años, nacido el 17 de septiembre del año 1996, trabajador eventual, domiciliado en calle Vargas Stoller manzana 1, casa 2, Población Montedónico, Valparaíso. Valparaíso, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15 N° 1
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