JOSE IGNACIO GUTIERREZ OTAROLA C/ PAUL ANTONIO JEREZ SOTO
Rol
O-2869-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DE LA ACUSACIÓN “El día 02 de julio del año 2024 horas de la madrugada, el imputado procedió a ingresar mediante escalamiento saltando el cierre perimetral del domicilio emplazado en Calle Alcalde López N° 405 comuna Isla de Maipo, lugar donde vive la víctima. Iniciales A.F.F. para una vez en su interior concurrir a una dependencia de dicho inmueble utilizada como bodega, proceder a registrar la misma y sustraer con el inmueble incluso la voluntad del dueño, una bicicleta avaluada en la suma de $ 400.000. siendo sorprendido en el lugar por el testigo Ángel Coronel Noguera, quien procede la retención del imputado y posteriormente entrega a funcionarios de carabineros.” CALIFICACIÓN JURÍDICA: Robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitacion. Sentencia.: Código: XXKWXRGENXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9; 14, 15, 18, 21, 24; 30; 50; 68, 69, 432 y 440 y siguientes del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a PAUL ANTONIO JEREZ SOTO, ya individualizado a la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, a la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, y se le exime del pago de las costas de la causa, como autor del delito consumado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal en relación con el artículo 432 y 450 del mismo cuerpo normativo, perpetrado en esta jurisdicción el 02 de Julio de 2024. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye a PAUL ANTONIO JEREZ SOTO el cumplimiento de la pena privativa de liberta
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9; 14, 15, 18, 21, 24; 30; 50; 68, 69, 432 y 440 y siguientes del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a PAUL ANTONIO JEREZ SOTO, ya individualizado a la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, a la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, y se le exime del pago de las costas de la causa, como autor del delito consumado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal en relación con el artículo 432 y 450 del mismo cuerpo normativo, perpetrado en esta jurisdicción el 02 de Julio de 2024. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye a PAUL ANTONIO JEREZ SOTO el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, sirviéndole de abono para esos efectos los ciento cincuenta y nueve días (159) que permanece privado de libertad en esta causa en prisión preventiva desde el 02 de julio de 2024 al 09 de diciembre de 2024, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Santiago Occidente y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de interv
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Individualización de audiencia de sentencia de procedimiento abreviado. Fecha Talagante, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Magistrado CHRISTIAN GABRIEL CACERES MOLINA Fiscal Roxana Fernández Cisternas Defensor Mitzi Jaña Fernández Hora inicio 12.40AM Hora termino 13.10AM Sala SALA 2 Tribunal Juzgado de G
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