RICARDO CARVAJAL OPORTUS C/ LUIS EDUARDO SILVA SANDOVAL
Rol
O-8629-2022
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : Con fecha 18 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 14:10 horas, el imputado LUIS EDUARDO SILVA SANDOVAL ingresó a la sucursal de Empresas Claro S.A., ubicada en Avda. Colón Sur 625, en San Bernardo, mediante escalamiento de la reja perimetral de ésta, para luego ingresar a un container ubicado en el lugar, abriendo sus puertas y sustrayendo desde su interior diferentes bebidas, galletas, energéticas y confites varios, especies que el imputado fue acopiando en un carro de supermercado que mantenía fuera del local, siendo detenido por un guardia de seguridad cuando se retiraba del lugar. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de robo en lugar no habitado, prescrito y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en los que al requerido le cabe participación en calidad de autor y en grado de ejecución frustrado. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 9, 12 n° 16, 15 N° 1, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se resuelve: Código: XZEXXRXESXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA A LUIS EDUARDO SILVA SANDOVAL ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍA de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no habitado, en grado de desarrollo frustrado, hechos ocurridos en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 18 de septiembre de 2022. II.- Que en cuanto al cumplimiento de la pena privativa de libertad, teniendo en consideración que el imputado se ha encontrado bajo la medida cautelar de pris
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 11 N° 9, 12 n° 16, 15 N° 1, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se resuelve: Código: XZEXXRXESXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA A LUIS EDUARDO SILVA SANDOVAL ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍA de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no habitado, en grado de desarrollo frustrado, hechos ocurridos en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 18 de septiembre de 2022. II.- Que en cuanto al cumplimiento de la pena privativa de libertad, teniendo en consideración que el imputado se ha encontrado bajo la medida cautelar de prisión preventiva en el periodo comprendido entre el 19 de septiembre de 2022 hasta el 11 de marzo de 2023, contabilizando un total de 170 días, se le tendrá aquella por cumplida, sirviendo de abono dicho periodo de privación de libertad. III.- Que se le exime del pago de las costas de la causa en razón de haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento y encontrarse representado por la Defensoría Penal Pública. IV.- Que encontrándose firme y ejecutoriada esta sentencia se ordena el alzamiento de las medidas cautelares decretadas en su contra, por lo que se da orden de libertad a su respecto en esta causa. Téngase presente la renuncia a lo
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Imputado : LUIS EDUARDO SILVA SANDOVAL, cédula de identidad N° 0015918328-9, con domicilio en Calle ANSELMO DE LA CRUZ Nº 14389, comuna de San Bernardo. Fiscal : EDUARDO PATRICIO PONTIGO RIQUELME. Defensor : ALEJANDRA SCARLETT LEÓN CORREA,
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