HUGO IVAN UGARTE RODRIGUEZ C/ DAYANE DENISSE JIMÉNEZ MATUS
Rol
O-182-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento simplificado de forma libre e informada. Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2400020219-K 182-2024 CAUSA.: R.U.C=2400020219-K R.U.I.=182-2024 Fecha de deliberación 2024/12/09 Juez redactor JOSE OMAR ALEGRIA BURGOS RELACIONES.: JIMÉNEZ MATUS DAYANE DENISSE / RECEPTACION. ART. Resultado Condenado. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA DAYANE DENISSE JIMÉNEZ MATUS (Comparece) 0018026171-0 Calle Calle ELOIZA DIAZ N°0781 DEPTO 34 Nº . San Bernardo Código: CUJDXRXUFRP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jlyg_chanco@pjud.cl Errázuriz s/n, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl 456 BIS A. PARTICIPANTES.: Denunciado. - JIMÉNEZ MATUS DAYANE DENISSE - - CAUSA.: R.U.C=2400020219-K R.U.I.=182-2024 - - RELACIONES.: JIMÉNEZ MATUS DAYANE DENISSE / RECEPTACION. ART. 456 BIS A. Procedimiento Simplificado. El Ministerio Publico y la defensa renuncian a los Plazos y recursos. La condenada deberá presentarse ante el CRS Santiago sur a fin de dar cumplimiento integro a la pena sustitutiva impuesta. Advirtiendo el Tribunal que el conocimiento del cumplimiento de la pena sustitutiva interpuesta es de competencia del Juzgado de Garantía de Puente alto, este tribunal declara su incompetencia. Dirigió la audiencia y resolvió - JOSE OMAR ALEGRIA BURGOS. “La Presente acta solo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario encargado de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en las actas 41-2020 y 53-2020 de la Excelentísima Corte Suprema.” Código: CUJDXRXUFRP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jlyg_chanc
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo previsto en el artículo 456 del Código Penal, 297 y 388 y siguiente del Código Procesal penal. Articulo 4 y 38 de la Ley 18.216, y demás normas pertinentes, se resuelve: I. Que, se condena a DAYANE DENISSE JIMÉNEZ MATUS, C.I. 18.026.171-0, con domicilio en Calle ELOIZA DIAZ N°0781 DEPTO 34 de la comuna de San Bernardo, ya individualizada, como autora del delito de Receptación, previsto y sancionado en el articulo 456 bis a del Código Penal, en calidad de autora y en grado de desarrollo consumado, por el hecho ocurrido el día 1 de octubre del año 2023, en este territorio jurisdiccional, en consecuencia se imponen las penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de cinco unidades Tributarias mensuales, accesorias legales del artículo 30 el código penal. II. Cumpliéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216 se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de remisión condicional por el periodo de un (1) año, debiendo quedar sujeto al control de gendarmería de chile, debiendo cumplir además con las condiciones del artículo 5° de la Ley. El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Santiago Sur, dentro de los cinco días siguientes desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Bajo apercibimiento de decretarse orden de detención en su contra y si la pena sustitutiva fuese revocada o quebrantada se le reemplazada por una de mayor intensidad, pudiendo incluso cumplir in
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Errázuriz s/n, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Chanco, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro Magistrado JOSE OMAR ALEGRIA BURGOS Fiscal JOSE VARELA con notificación a FRANCISCO JAVIER ÁVILA CALDERÓN Defensor RODRIGO GUILLERMO SALINAS SEPÚLVEDA Hora inicio 10:48AM Hora te
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