8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CAROLINE LUCERO GAETE ARNECHINO

Rol

O-1826-2023

Fecha

4 de diciembre de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: “El día 28.03.2023, a las 14:05 horas, aproximadamente, la imputada CAROLINE LUCERO GAETE ARNECHINO, junto a un segundo sujeto, a la fecha no individualizado, llegaron hasta la calle Passy, frente al N° 089, comuna de Providencia, donde estaba estacionada la camioneta marca Mitsubishi, modelo L200, Dakar, color plateado, año 2023, PPU SHVP.85, de propiedad de la víctima LUIS RODRIGO OLIVARES FERRADA, y con un elemento apto para tal efecto, proceden a forzar la chapa de la puerta del conductor del citado vehículo, procurándose el ingreso a este y luego la imputada asume como conductora y el imputado como pasajero en la parte de atrás, yéndose del lugar. Posteriormente, personal de Carabineros logra la detención solo de la imputada, luego de una persecución por diversas comunas, debido a que pierde el control de la camioneta robada en calle Víctor Manuel con Galvarino, comuna de Santiago”. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes acreditadas: Artículo 11 n° 9 del Código Penal, la que se acredita por la admisión de responsabilidad en los hechos del requerimiento. Circunstancias agravantes acreditadas: No concurren. Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. SE DECLARA: I) Que, se CONDENA a CAROLINE LUCERO GAETE ARNECHINO, cédula de identidad N° 17.927.049-8, ya individualizado, a la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso 1 del Código: EMWPXRKWGHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código Penal, en grado de consumado, cometido el día 28 de marzo de 2023, en la comuna de Providencia, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II) Que, la pena privativa de libertad precedentemente impuesta al condenado

Fundamentos

considerando uno de los días de abono en exceso de que dispone. IV) Que, se ordena el registro de la huella genética de los sentenciados en el registro de condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, previa toma muestra biológica si fuere necesario. V) Que se exime de las costas a los sentenciados por haber admitido responsabilidad y al hecho de estar representados por la defensoría penal pública Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Dictada por don JUAN DIEGO HUGO ÁLVAREZ JIMÉNEZ, Juez Suplente del 8° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renunciados a los términos legales, la sentencia se entenderá firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: EMWPXRKWGHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-10T10:18:06-0300

Fallo

SE DECLARA: I) Que, se CONDENA a CAROLINE LUCERO GAETE ARNECHINO, cédula de identidad N° 17.927.049-8, ya individualizado, a la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso 1 del Código: EMWPXRKWGHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código Penal, en grado de consumado, cometido el día 28 de marzo de 2023, en la comuna de Providencia, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II) Que, la pena privativa de libertad precedentemente impuesta al condenado se tendrá POR CUMPLIDA, atendido que dispone de 616 días de abono, configurados de la siguiente forma: 616 días de abono, desde el día 29 de marzo de 2023 al día 4 de diciembre de 2024, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total. III) Que se CONDENA al sentenciado al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena de multa que se le da POR CUMPLIDA considerando uno de los días de abono en exceso de que dispone. IV) Que, se ordena el registro de la huella genética de los sentenciados en el registro de condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, previa toma muestra biológica si fuere necesario. V) Que se exime de las costas a los sentenciados por haber admitido responsabili

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RESUMEN: RUC : 2300341606-2 RIT : 1826 - 2023 TIPO DE DELITO : ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO NOMBRE IMPUTADO : CAROLINE LUCERO GAETE ARNECHINO CÉDULA DE IDENTIDAD : 17.927.049-8 DOMICILIO : CALLE LLANO SUBERCASEAUX N° 3359, TORRE C, DEPTO Nº 702, SAN MIGUEL FISCAL : MARGARITA MILLARES DEFENSOR : NICOLAS MORA TRIBUNAL : 8° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : 4 DE DICIEMB

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