CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES/SILVA
Rol
C-2684-2018
Fecha
31 de julio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2018, Stefano Bertero Sichel, abogado, y Mario Aranda Lillo, abogado, en representaci n judicial deó Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiar de Los Andesó ó , corporaci n de derecho privado sin fines de lucro del giro de suó denominaci n, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojasó Mena, contador auditor e ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General, domiciliado para estos efectos, en calle Ortiz de Rozas N 672 de° la comuna de Los Andes, deducen demanda ejecutiva en contra de Madelaine del Pilar Silva Trujillo, ignoran profesi n u oficio, domiciliadaó en calle Camino Internacional Km 4 - Paradero N 3, El Sauce ° de la comuna de Los Andes, a fin que se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $1.553.857, por concepto de capital, m s interesesá moratorios y costas, y en caso de no verificarse el pago al requerimiento, se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pago del capital,ó intereses y costas. Fundan su demanda en que la ejecutante es due a del pagar Nñ é º 063CON100854156, suscrito por la demandada con fecha 08 de marzo de 2018, por la suma de $1.621.430, por concepto de capital, m s losá intereses del cr dito respectivo se alados en dicho documento, todo ello de acuerdo aé ñ lo dispuesto en la Ley N 18.010.º Dicha obligaci n deb a ser solucionada enó í 24 cuotas mensuales y sucesivas de $95.908, venciendo la primera de ellas el 31 de mayo de 2018 y la ltima el ú 30 de abril de 2020. Indican que la demandada dej de cumplir su obligaci n, toda vez que s loó ó ó pag la ó 1° cuota, por lo que adeuda las 23 cuotas restantes, lo que equivale a la suma total de $1.553.857, por concepto de capital, lo que devengar el m ximoá á inter s convencionalé desde la fecha del retardo. A folio 16 del cuaderno principal, con fecha 2 de julio de 2021, se tuvo por notificada y por requerida de pago a la demandada, quien a folio 13 opuso excepci n del N 17 del art culo 464 del C
Fundamentos
considerando Primero: Que, el demandado funda su oposici n en la excepci nó ó contemplada en el n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoú í ó Civil, esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, ó ó ó la que sustenta indicando que el pagar en que funda la demandada elé ejecutante se encuentra vencido y la obligaci n se ha hecho exigible,ó comenzando a correr el plazo de prescripci n respectivo desde la fecha deó su vencimiento, esto es, el 31 de mayo de 2018, de conformidad al 98 de la Ley 18.092. C-2684-2018 Segundo: Que, el ejecutante se allan a la excepci n.ó ó Tercero: Que, atendido que entre la fecha de vencimiento de la obligaci n, acelerada por la interposici n de la demanda, y la fecha de suó ó notificaci n a la demandada, transcurri en exceso el plazo de un a oó ó ñ contemplado en el art culo 98 de la Ley 18.092, considerando igualmente elí allanamiento del ejecutante, ser acoger la excepci n.á ó Y teniendo adem s presente lo dispuesto por los art culos 1698 delá í C digo Civil, art culos 170, 434 y siguientes del C digo de Procedimientoó í ó Civil,
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n del N 17 del art culoó ó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada y, enó consecuencia, se declara prescrita la acci n ejecutivaó deducida en estos autos. II.- Que no se condena en costas a la parte vencida, por haberse allanado a la excepci n.ó Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Pronunciada por Fernando Marcos Alvarado Pe añ , Juez Titular. Rol C-2684-2018. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, treinta y uno de Julio de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-07-31T18:18:17-0400
Texto Completo (Preview)
C-2684-2018 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-2684-2018 CARATULADO : CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES/SILVA Los Andes, treinta y uno de Julio de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2018, Stefano Bertero Sichel, abogado, y Mario Aranda Lillo, abogado, en representaci n judicial deó Caja de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica