PAOLO ANDRES ARAYA LOPEZ C/ MILENKA SCARLET ÁLVAREZ HENRÍQUEZ
Rol
O-2483-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MILENKA SCARLET ALVAREZ HENRIQUEZ y ROSA ESTRELLA HENRIQUEZ ROMERO, quienes comparecen representadas por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: El día 31 de mayo de 2024, a las 21:00 horas aproximadamente, la víctima PAOLO ANDRÉS ARAYA LÓPEZ, mientras se encontraba en su domicilio ubicado en Los Maitenes, N° 117, Villa Alemana, recibe mensajes de Whatsapp de la imputada MILENKA SCARLET ALVAREZ, quien es su cónyuge y madre de una hija en común, quien lo amenaza grave y seriamente señalándole “Estay cagado weon te voy a hacer cagar, te voy a matar conchetumadre”, momentos después recibe mensajes de audio por la misma aplicación de la imputada ROSA ESTRELLA HENRIQUEZ ROMERO, hermana de Milenka, quien amenaza a la víctima grave y seriamente diciéndole “no me interesa que vengai con lo pacos… delante de los pacos te voy a sacar la conchetumare, y no me interesa si esta tu hija, si esta cualquier conchetumare”,“ te aburrí o yo misma te voy a sacar Código: PBXLXRZRPSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la conchetumare”,“ delante de los pacos te voy a agarrar a palos”. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que las víctimas se acogieron a su derecho a no declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que
Fallo
por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a MILENKA SCARLET ALVAREZ HENRIQUEZ y ROSA ESTRELLA HENRIQUEZ ROMERO. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito las víctimas. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto todas las medidas cautelares en contra de ambas víctimas. Oficiese. Código: PBXLXRZRPSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ARCHÍVESE POR AFINADA Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: PBXLXRZRPSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-09T13:05:35-0300
Texto Completo (Preview)
C/ MILENKA SCARLET ALVAREZ HENRIQUEZ y ROSA ESTRELLA HENRIQUEZ ROMERO. DELITO: AMENAZAS SIMPLES EN VIF. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N° - . RIT N° 83- Villa Alemana, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MILENKA SCARLET ALVAREZ
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica