C/ RODRIGO ANDRÉS OLATE OLATE
Rol
O-16-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 5 de abril de 2020, cerca de las 21:00 horas, los imputados Rodrigo Andrés Olate Olate, Moisés Alejandro Zapata Henríquez y Roberto Carlos Erazo Suárez, desplazándose a bordo del camión tres cuartos marca JMC, placa patente FPJW-48, el cual mantiene encargo vigente por el delito de robo con intimidación de fecha 31 de marzo de 2020, origen ilícito que los imputado no podían menos que conocer debido a la forma irregular en que se hicieron de él y por el hecho de que mantenía su chapa de seguridad forzada acompañados de cinco sujetos desconocidos, llegaron hasta la empresa metalúrgica ubicada en avenida San Pablo 3680, Quinta Normal, lugar en el cual forzaron el portón de acceso y entraron a bordo del camión, el cual cargaron con planchas de acero inoxidable de propiedad de la víctima con la intención de sustraerlos, siendo sorprendidos por vecinos del sector”. Calificación jurídica, iter criminis y participación: EL Ministerio Público sostuvo que los hechos antes descritos configuran los delitos consumados de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº1 del Código Penal y de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el inciso 3º Código: LTLTXRZNWSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 456 bis A del Código Penal, correspondiéndole responsabilidad al acusado a título de autor de conformidad con lo estatuido en el artículo 15 Nº1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal A juicio de la fiscalía, al acusado Rodrigo Andrés Olate Olate le afecta la circunstancia agravante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 449 bis del Código Penal, esto es el haber actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer hechos punibles. Preceptos legales aplicables: Entendiendo que se hacen aplicables los preceptos contenidos en los artículos 1, 3, 7, 14 N°1, 1
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de intervinientes, causa y tribunal. Que con fecha veintinueve de noviembre del año en curso, ante este Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en sala integrada por las magistrados Paula Rodríguez Fondón, como juez presidente de sala, Denisse Sara Ehrenfeld Ebbinghaus, como juez integrante y Carolina Paz Escandón Cox, como juez redactor, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral en causa RIT 16-2024, seguida por el Ministerio Público, representada por el fiscal adjunto Fernando Donoso Roselló, en contra de RODRIGO ANDRÉS OLATE OLATE, cédula nacional de identidad N°18.944.999-2, nacido en Yumbel, el 01 de diciembre de 1994, 28 años, soltero, comerciante ambulante, domiciliado en calle Los Atacameños Nº 2617, comuna de Renca. Fue asistido por el abogado defensor penal público Pablo Sanzana Fernández. Ambos intervinientes letrados con forma especial de notificación registrado en la causa. SEGUNDO: Objeto del juicio. La acusación que debió conocer el tribunal fue la siguiente: Hechos: “El día 5 de abril de 2020, cerca de las 21:00 horas, los imputados Rodrigo Andrés Olate Olate, Moisés Alejandro Zapata Henríquez y Roberto Carlos Erazo Suárez, desplazándose a bordo del camión tres cuartos marca JMC, placa patente FPJW-48, el cual mantiene encargo vigente por el delito de robo con intimidación de fecha 31 de marzo de 2020, origen ilícito que los imputado no podían menos que conocer debido a la forma irregular en que se hicieron de él y por el hecho de que mantenía su chapa de seguridad forzada acompañados de cinco sujetos desconocidos, llegaron hasta la empresa metalúrgica ubicada en avenida San Pablo 3680, Quinta Normal, lugar en el cual forzaron el portón de acceso y entraron a bordo del camión, el cual cargaron con planchas de acero inoxidable de propiedad de la víctima con la intención de sustraerlos, siendo sorprendidos por vecinos del sector”. Calificación jurídica, iter criminis y participación: EL Ministerio Público sostuvo que los hechos antes descritos configuran los delitos consumados de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº1 del Código Penal y de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el inciso 3º Código: LTLTXRZNWSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 456 bis A del Código Penal, correspondiéndole responsabilidad al acusado a título de autor de conformidad con lo estatuido en el artículo 15 Nº1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal A juicio de la fiscalía, al acusado Rodrigo Andrés Olate Olate le afecta la circunstancia agravante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 449 bis del Código Penal, esto es el haber actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer hechos punibles. Preceptos legales aplicables: Entendiendo que se hacen aplicables los preceptos contenid
Fallo
se acuerda, ambos como de 50 o 60 años de edad, que conocía de hace años desde la población. En una ocasión anterior, hace años atrás, también lo pasaron a buscar para hacer un trabajo parecido. Ese día le dijeron que si los acompañaba a buscar unas cosas se podría ganar unas monedas, pero no le dijeron cuánto. Lo pasaron a buscar a la casa de la mamá donde vivía, cerca de las 8 de la noche un día de abril de 2020, en un camión blanco, ¾, pequeño, conducido por Enrique mientras que el otro iba de copiloto. Él se subió atrás, en la parte de la carga y en total eran como 7 u 8 personas, tres iban sentados adelante, en la cabina y 5 atrás. Tardaron como media hora en llegar al lugar y en el trayecto, él no vio nada porque estaba atrás del camión y era cerrado, por eso tampoco supo cómo ingresó el camión al inmueble. Al llegar al lugar, el camión lo habían estacionado dentro de la bodega, él se bajó, le ordenaron que echara las cosas arriba, unas planchas que estaban en pallet que eran de acero, cuadradas, que debieron cargar entre cuatro personas cada una porque eran pesadas. Al ser sorprendidos por personas que golpeaban con manos y pies, tiraban piedras y gritaban que estaban robando, algunos salieron corriendo y otros se quedaron encerrados dentro de la bodega. Él salió arrancando por el mismo portón,, se encontró con los que estaban golpeando, corrió hasta la cuadra que estaba por la avenida San Pablo y en la otra cuadra, estaba Carabineros, en otra bodega, alumbrando, pare
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CUARTO TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO MINISTERIO PÚBLICO C/ RODRIGO ANDRÉS OLATE OLATE ROBO EN LUGAR NO HABITADO Y RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO. RUC Nº2000353563-1 RIT Nº16-2024 ___________________________________________________________________________// Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización
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