Juzgado de Garantía de San Bernardo

JUAN CARLOS GONZALEZ MAUREIRA C/ JOSÉ VICTORINO LASTRA GONZÁLEZ

Rol

O-385-2021

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos El día 17 de diciembre de 2020 aproximadamente a las 17:15 horas, en circunstancias que la víctima Patricia Pizarro Vega, conducía una bicicleta por la ciclovía ubicada en Ruta G-46, KM 03 a la altura del sitio 7 de la comuna de Buin, el imputado José Lastra González, quien conducía el camión patente FXST.54, pierde el control del móvil colisionando a la víctima. Producto de esta colisión la víctima resulto con lesiones graves. Al concurrir carabineros y solicitarle la licencia de conducir al imputado se percataron que lo hacía con clase B, la cual no lo habilitaba para conducir dicho camión, puesto que necesitaba una licencia profesional para conducir el vehículo. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 26, 30, 50, 67, 68, 70, 490 y 492 del Código Penal; artículos 388, 389, 390, 391, 393, 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 194 de la Ley N° 18.290, se declara que: Código: BJDXXRXPQNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Se condena a José Victorino Lastra González, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de cuasidelito de lesiones graves, previsto y sancionado 490, en relación al artículo 492, ambos del Código Penal, ilícito cometido el 17 de diciembre de 2020 en la comuna de Buin. II. Se condena a José Victorino Lastra González, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de conducción sin licencia de

Fallo

se declara que: Código: BJDXXRXPQNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Se condena a José Victorino Lastra González, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de cuasidelito de lesiones graves, previsto y sancionado 490, en relación al artículo 492, ambos del Código Penal, ilícito cometido el 17 de diciembre de 2020 en la comuna de Buin. II. Se condena a José Victorino Lastra González, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de conducción sin licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 194 de la Ley N° 18.290, ilícito cometido el 17 de diciembre de 2020 en la comuna de Buin. III. No se condena en costas al sentenciado, por haber aceptado proceder en esta causa conforme a las reglas del procedimiento simplificado y no haber solicitado la realización de un juicio oral, evitando así los gastos que ello implica. IV. Atendido los antecedentes penales del sentenciado y cumpliéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° y siguientes de la Ley N° 18.216, se concede por ambos delitos la pena sustitutiva de remisión condicional, debiendo permanecer el sentenciado bajo el control de la autoridad de Gendar

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Imputado : JOSÉ VICTORINO LASTRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0013712323-1, con domicilio en Calle JOSE MIGUEL CARRERA Nº 691, comuna de Buin. Fiscal : Robinson Arriagada Defensor : , cédula de identidad N° 18.569.602-2 (Defensor Público

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica