MP C/ BENJAMÍN ALEJANDRO COLLAO FAÚNDEZ
Rol
O-4016-2024
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 22 de noviembre de 2023, a las 12:30 horas aproximadamente, la víctima GCHM prestaba servicios para la aplicación de transporte de pasajeros Indrive, en el vehículo Suzuki Spresso, color azul, P.P.U. RLRB-60. En ese momento, recibe una solicitud de servicio desde el sector de Gustavo Campana Gandarilla con La Tirana, comuna de San Joaquín, dirigiéndose al lugar. Al llegar al mismo, es abordada por el imputado BENJAMÍN ALEJANDRO COLLAO FAUNDEZ junto a otros dos sujetos, procediendo a intimidarla con un cuchillo, logrando de esta forma sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, el vehículo Suzuki Spresso, color azul, P.P.U. RLRB-60 y un celular Vivo Y20, color azul.” Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos , 3, , , , , , 3 inciso del Código Penal; artículos , , y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , bis, ter de la Ley 8. , artículo de la Ley . . Se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a BENJAMÍN ALEJANDRO COLLAO FAÚNDEZ, ya individualizados a cumplir una pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, accesoria del artículo 17 de la ley 19.970, esto es, la incorporación de la huella genética del imputado en registro de condenados, como autor del delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, por los hechos acaecidos el 22 de noviembre de 2023, en la comuna de San Joaquín. II.- Que respecto, cumpliendo con los requisitos de los artículos 15 y siguientes de la Ley 18.216, se suspende la ejecución de la pena corporal, y se concede la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término Código: RCGRXRGJXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 °J
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos , 3, , , , , , 3 inciso del Código Penal; artículos , , y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , bis, ter de la Ley 8. , artículo de la Ley . . Se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a BENJAMÍN ALEJANDRO COLLAO FAÚNDEZ, ya individualizados a cumplir una pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, accesoria del artículo 17 de la ley 19.970, esto es, la incorporación de la huella genética del imputado en registro de condenados, como autor del delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, por los hechos acaecidos el 22 de noviembre de 2023, en la comuna de San Joaquín. II.- Que respecto, cumpliendo con los requisitos de los artículos 15 y siguientes de la Ley 18.216, se suspende la ejecución de la pena corporal, y se concede la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término Código: RCGRXRGJXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 °Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt N° 1606 – Santiago Fono 22 -Edificio B, Piso 6 de la condena. Además, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 17 ter d) de la Ley 18.216. III.- En caso
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12 °Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt N° 1606 – Santiago Fono 22 -Edificio B, Piso 6 RESUMEN RIT : - RUC : 3 33 -K MATERIA : Robo con intimidación IMPUTADO : BENJAMÍN ALEJANDRO COLLAO FAÚNDEZ C.I. N° : - DOMICILIO : Carlos Valdovinos Nº , San Joaquín FISCAL : LEONARDO ZAMORA DEFENSOR : BARBARA CHANDÍA ATENUANTES : N° y N° del Código Penal RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIAD
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