Juzgado de Garantía de Ovalle.

M. PUBLICO C/ MARÍA VICTORIA RIVERA TAVILO

Rol

O-2067-2023

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Sala Uno del Juzgado de Garantía de Ovalle, se ha tramitado la causa RIT - , RUC - , de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artí culos y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado investigación en contra del imputado en audiencia de fecha de julio de dos mil veintitrés, en calidad de autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artí culo º de la Ley N° . , en relacio n con el inciso ° del artí culo del mismo cuerpo legal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público, dedujo acusación en contra de MARÍA VICTORIA RIVERA TABILO, chilena, soltera, cédula de identidad N° 9. .5 - , nacida el 9 de mayo de 99 , ignoro profesio n u oficio, domiciliada en Vicente Huidobro N° 5 , Poblacio n Carmelitana Ovalle; legalmente representada en audiencia por el defensor penal público don Marcos Jurin Rakela, por su responsabilidad en calidad de autora de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, en pequen as cantidades, previsto y sancionado en el artí culo ° de la Ley N° . , en relacio n con el inciso ° del artí culo del mismo cuerpo legal fundado en el siguiente hecho: “El dí a de julio de , a las : horas aproximadamente, en el sector de ingreso de visitas del centro de detención preventiva de Gendarmería de Chile, ubicado en Calle Tocopilla N° 5 de la comuna de Ovalle, personal de Gendarmería de Chile, sorprendió a la acusada María Victoria Rivera Tabilo portando, con fines de tráfico, oculto en su ropa interior (sostén/brasier) dos bolsas de nylon transparentes, una contenedora de cocaína base que arrojo un peso bruto de gramos y otra contenedora de cannabis sativa que arrojo un peso de gramos”. Código: PYPLXRRXXTN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La Fiscalía solicitó, para el evento que el enjuiciado se someta al procedimiento abreviado, la imposición de dos penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de Unidades Tributarias Mensuales, más las accesorias legales, sin cotas de la causa. La pena solicitada por el Ministerio Público se determinó considerando que concurriría a su favor una circunstancia atenuante en caso de aceptar la totalidad de los hechos contenidos en la acusación y los antecedentes de la investigación que la fundan: y en su contra, la circunstancia agravante de haber cometido el delito en un lugar de detención o reclusión, prevista en la letra h) del artículo 9 de la Ley de Drogas N° . . TERCERO: Que, la imputada MARÍA VICTORIA RIVERA TABILO, asistida ante estrados por su defensor ha señalado conocer su derecho a juicio oral, renunciado expresamente a ese derecho, sin presiones indebidas por parte de la Fiscalía o terceros y ha acordado el procedimiento abreviado, reconociendo y aceptando, libre e informadamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de

Fallo

por tanto al regularse la sanción a imponer deberá elevarse en un grado el marco penal. Que, en consecuencia habiendo llegado el Tribunal a la convicción más allá de toda duda razonable del hecho de haberse cometido el delito por el que se ha formulado la acusación fiscal y que en ellos ha cabido a la acusada una participación culpable y penada por la Ley, y teniendo presente que en la especie la ley fija para este delito la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo para el grado de consumación y multa de diez a cuarenta Unidades Tributarias Mensuales, que en la especie concurren respecto de la acusada una circunstancia atenuante de responsabilidad, de acuerdo al artí culo del Co digo Penal, el Tribunal al imponer la pena no aplicará en el primer caso el grado máximo, sólo pudiendo aplicar el grado medio. Sin perjuicio, si la imputada acepta expresamente los hechos y los antecedentes de la investigación en que se fundare un procedimiento abreviado, el fiscal, según sea el caso, conforme al artí culo inciso 5 del Co digo Procesal Penal, podrá solicitar una pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley, que para el caso de autos, correspondería a presidio menor en su grado mínimo, debiendo ahora elevarse dicho marco penal al grado superior -presidio menor en su grado medio- por la concurrencia de la circunstancia especial del artí culo 9 letra h) de la Ley . , pudiendo el sentenciador recorrer toda la extensión dentro de aquel de acuerdo a la mayor

Texto Completo (Preview)

Acusación: Ministerio Público. Imputado: María Victoria Rivera Tabilo Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes, en pequeñas cantidades RIT: - RUC: - Procedimiento: Abreviado. Sentencia definitiva condenatoria. Ovalle, a seis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Sala Uno del Juzgado de Garantía de Ovalle, se ha tramitado la causa RIT - , RUC - , d

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