YOLANDA DEL CARMEN VILLA HERRERA C/ ALEXIS ANDRES ARAVENA PEREZ
Rol
O-669-2022
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS OBJETO DEL REQUERIMIENTO. HECHO Que, el día 03 de abril de 2021 alrededor de las 03:00 AM la victima transitaba por la vía publica en Villa los Copihues frente al Block 10 de dicha Villa comuna de Los Andes instantes en que se le acercaron 2 sujetos entre los cuales se encontraba el imputado aquí presente don Alexis Aravena Pérez quien sin motivo ni causa justificada le propino una estocada con un elemento corto punzante tipo cuchillo en la zona del cuello para luego huir del lugar, la victima herida llega hasta el domicilio de su madre pidiendo ayuda a raíz de la herida que presentaba en su cuello. A raíz de la agresión de que fue objeto por parte del imputado la victima resulto con herida corto punzante con trauma cervical penetrante de carácter grave, heridas que tardan en sanar de 5 a 7 semanas con igual tiempo de incapacidad. Código: DGGXXRURJPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA (SENTENCIA): Que se condena al imputado ALEXIS ANDRÉS ARAVENA PÉREZ, ya individualizado, en calidad de autor del Art 5 N° CP, en grado de consumado: I.- DELITO LESIONES GRAVES. ART. 397 N° 2 C.P. II.- FECHA COMISIÓN: 3 DE ABRIL DE 2021 III.- PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD Sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo IV.- ACCESORIAS LEGALES: A.- Suspensión para cargo u oficio público mientras dura la condena, de conformidad al artículo 30 CP para los todos los delitos. B.- La medida accesoria del inciso 1° del art. 5 C Ley 17.798, es decir la cancelación de toda inscripción de armas que registre el sentenciado y al retiro de las mismas. Al efecto, se oficiará a la Dirección General de Movilización Nacional para que proceda a la cancelación señalada e informar tal situación al tribunal con miras a determinarse o no el retiro a que refiere el inciso tercero de la citada norma. V.- PENA SUSTITUTIVA Que, no reuniéndose ninguno de los requisitos de la Ley N° 18.216, el cumplimiento ha de ser
Fallo
SE DECLARA (SENTENCIA): Que se condena al imputado ALEXIS ANDRÉS ARAVENA PÉREZ, ya individualizado, en calidad de autor del Art 5 N° CP, en grado de consumado: I.- DELITO LESIONES GRAVES. ART. 397 N° 2 C.P. II.- FECHA COMISIÓN: 3 DE ABRIL DE 2021 III.- PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD Sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo IV.- ACCESORIAS LEGALES: A.- Suspensión para cargo u oficio público mientras dura la condena, de conformidad al artículo 30 CP para los todos los delitos. B.- La medida accesoria del inciso 1° del art. 5 C Ley 17.798, es decir la cancelación de toda inscripción de armas que registre el sentenciado y al retiro de las mismas. Al efecto, se oficiará a la Dirección General de Movilización Nacional para que proceda a la cancelación señalada e informar tal situación al tribunal con miras a determinarse o no el retiro a que refiere el inciso tercero de la citada norma. V.- PENA SUSTITUTIVA Que, no reuniéndose ninguno de los requisitos de la Ley N° 18.216, el cumplimiento ha de ser efectivo VI.- ABONOS NO HAY VII.- Se le exime del pago de las costas de la causa. VIII.- Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Código: DGGXXRURJPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El Tribunal explica al sentenciado los términos de la condena. La audiencia quedó íntegramente grabada en el sistema de audio del Tribunal. Diri
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Individualización de SENTENCIA Fecha Los Andes, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro Magistrado DANIEL ALFREDO CHAUCÓN OJEDA Fiscal ALBERTO GERTOSIO PAEZ Defensor LISSETTE DE LA FUENTE VALENZUELA Hora inicio 11:12 AM Hora termino 11:32 AM Sala SALA 1 / 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Andes. Acta Patricia Córdova Gallardo Audio Constanza Molina Olivares RUC 2100319909-3 RIT 669 - 2022
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