SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA MARGARITA/
Rol
V-21-2020
Fecha
29 de julio de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 6 de febrero de 2020 a las 17:49 horas, comparece don Eduardo Enrique Bolados Ampuero chileno, abogado, cédula de identidad 10.313560-5, con domicilio en Ismael Valdés Vergara 670 N°405, comuna y ciudad de Santiago, en representación de la Sociedad Contractual Minera Margarita, RUT 76.032.123 – 0, domiciliada en Pasaje Sucre N° 2538 de la ciudad de Tocopilla, mediante Mandatos Judiciales otorgados por su representantes legales Mario Enrique Hernández Hernández, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula de identidad N° 4.992. 855- 6 con domicilio en Pasaje Tenderini N° 85 departamento 76 de la ciudad de Santiago, y Carlos Eduardo Bolados Asís, chileno, casado, ingeniero ejecución mecánico, cédula de identidad N° 4.577.569- 0 con domicilio en Pasaje Los Nogales N° 2740 de la ciudad de Copiapó; vienen en solicitar para su representada una concesión minera de exploración en terrenos abiertos, francos e incultos de dominio del Estado cuyo Punto Medio (PM) se encuentra ubicado en la comuna de Tocopilla, Provincia de Tocopilla, Segunda Región, Antofagasta. Las Coordenadas U.T.M. que corresponden al Punto Medio de la cara superior de la concesión pedida son las siguientes: Norte 7.501.000,00 metros., Este 369.500,00 metros. El terreno está comprendido dentro de un rectángulo cuyos lados orientados de Norte a Sur UTM tendrán 2.000 metros y 1.000 metros los lados orientados de Este a Oeste UTM, cuyas diagonales se cortan en el Punto Medio antes señalado, abarcando una superficie total de 200 hectáreas. El Pedimento se denominará “MARGARITA CENTRO - A”. SEGUNDO: Que, con fecha 10 de febrero de 2021, se acompañaron los siguientes documentos: a. Formulario de pago de Tasa de Pedimento, cuyo pago se realizó con fecha 5 de marzo de 2020; b. Formulario de Patente Concesión Exploración, cuyo pago se realizó con fecha 12 de enero de 2021; c. Inscripción del pedimento, efectuado con fecha 27 de febrero de 2020, a fojas 35, núm. 19, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Tocopilla, del año 2020; d. Publicación de la inscripción del pedimento efectuado con fecha 5 de marzo de 2020, en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, ejemplar N° 42.596, y;. e. Plano en el que se señala la configuración gráfica y ubicación del pedimento, TERCERO: Que con fecha 11 de junio de 2021, se recibió oficio núm. 3789, en el que consta que el Servicio Nacional de Geología y Minería informó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. En efecto, la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y está comprendida dentro del terreno pedido, teniéndose por evacuado dicho informe, trayéndose los autos para resolver con fecha 23 de junio del presente. CUARTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 55 y siguientes, artículo 87, todos del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento, se resuelve: Que se aprueba el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “MARGARITA CENTRO - A”, con una superficie de 200 hectáreas, a favor de Sociedad Contractual Minera Esmeralda, RUT N° 77.869.070-5 Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III- Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de bienes Raíces, Comercio y Minas de Tocopilla. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano y una copia de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia autorizada de esta sentencia y en su oportunidad archívese. Rol V-21-2020 Dictada por Armando Puelles Rojas. Juez Titular Juzgado de Letras Tocopilla. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Tocopilla, veintinueve de Julio de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Tocopilla CAUSA ROL : V-21-2020 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA MARGARITA/ Tocopilla, veintinueve de Julio de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 6 de febrero de 2020 a las 17:49 horas, comparece don Eduardo Enrique Bolados Ampuero chileno, abogado, cédula de identidad 10.313560-5, con domicilio en Isma
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