3º Juzgado Civil de Temuco

CDE-FISCO/

Rol

V-245-2020

Fecha

29 de julio de 2021

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 20 comparece don Felipe Andr s Molina Saavedra, c dulaé é nacional de identidad N 20.724.821- 5, abogado, en representaci n° ó convencional de la sociedad AGR COLA CURIMANQUE LIMITADAÍ persona jur dica legalmente constituida, del giro de su denominaci n, Rolí ó nico Tributario N 77.533.030-9, representada legalmente por don AlvaroÚ ° Javier Sandoval Trompert, chileno, c dula nacional de identidadé N 9.011.471- 9, todos domiciliados para estos efectos en Pedro Le n Gallo° ó N 0450, Comuna de Temuco, Regi n de la Araucan a, en autos voluntarios° ó í sobre consignaci n de indemnizaci n por causa de expropiaci n causa ROLó ó ó V -245-2020 caratulados "CDE- FISCO" e indica que 1.- Consta de autos, consignaci n de indemnizaci n provisional por causa de expropiaci nó ó ó efectuada por parte del FISCO DE CHILE, seg n consta en Comprobanteú de Pago N 5000677015 de fecha 23 de diciembre de 2020, por la suma de° $12.701.874. (DOCE MILLONES SETECIENTOS UN MIL¬ SEISCIENTOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS).- 1.2.- Esta consignaci n se efect o por causa de la expropiaci n del LOTEó ú ó N 3, requerido para ejecutar la obra "Concesi n Internacional Ruta 5.° ó Tramo Collipulll Temuco. Sector: Pasarela Peatonal CCU. KM.¬ 658.200,00 a KM. 658.900,00" Y que se encuentra ubicado en la comuna de Licant n, seg n orden Decreto Supremo N 1.180, de fecha 12 deé ú ó ° noviembre de 2020 del Ministerio de Obras P blicas, cuyo extracto fueú publicado en el Diario Oficial el d a 15 de diciembre de 2020. 2.- Debido aí que el Art. 6 del D.L. N 2.186 de 1978 establece que el acto expropiatorio° ° " ... contendr el nombre del o de los propietarios o de los que aparezcaná como tales en el rol de aval o o los datos que faciliten su determinaci n ...ú ó ", raz n por la cual el expropiante -en este caso el Ministerio de Obrasó P blicas consign la indemnizaci n provisional de autos en favor delú ó ó propietario del predio expropiado. 3.- En efecto, el LOTE N 3, requerido° para ejecutar l

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Alvaro Gaston Saez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile e indica que se efectuar la consignaci n deá ó indemnizaci n por la suma deó efectuar la suma $12.701.874.- para el Loteá N 3, correspondientes al monto de la indemnizaci n y sus reajustes, conº ó Rol de Aval o N 3281-93 de la comuna de Temuco, que figura a nombreú ° de AGRICOLA CURIMANQUE LIMITADA. SEGUNDO: Que a folio 38, consta que el mandato judicial otorgado por la expropiada al profesional Abogado compareciente se encuentra otorgado ante la Notario P blico do a Elena Leyton Carvajal, Notario P blicoú ñ ú Titular de la 4 Notar a de Temuco, con indicaci n que no presente° í ó anotaciones marginales. TERCERO: Que a folio 29 se agrega copia autorizada de inscripci n deó dominio rolante a fs. 11981, n mero 4651 del Registro de Propiedadú correspondiente al a o 2012, del Primer Conservador de Bienes Ra ces deñ í Temuco, con certificaci n de vigencia, constando que la solicitante esó propietaria del inmueble expropiado.- CUARTO: Que a folio 45 consta Certificado de Deuda, con indicaci nó que el Rol de Aval o Nro.- 227 03281 - 093, comuna de Temuco noú – tiene deuda de contribuci n de bienes ra ces..ó í QUINTO: Que a folio 42 consta certificaci n secretarial que indica que enó la cuenta corriente del Tribunal existe dep sito N 5000677015 de fecha 30ó ° de diciembre de 2020, por la suma de $12.701.874. Dicha boleta se encuentra conciliada y dicen relaci n con esta causa como se observa deó folio 8 de la carpeta electr nica y a folio 28 certificaci n secretarial queó ó indica que no existe oposici n de terceros, y el plazo para hacerlo seó encuentra vencido, SEXTO: Que en consecuencia se han cumplido los requisitos legales que hacen procedente ordenar el giro del cheque.- S PTIMOÉ : Que conforme el claro tenor del art culo 19 Nro.- 24 incisoí tercero de la Constituci n Pol tica de la Rep blica, siendo un mandatoó í ú constitucional, en relaci n asimismo al art culo al art culo 20 del D.L.ó í í 2.186 sobre Ley Org nica de Procedimiento de Expropiaciones, el giro delá cheque se ordenar respecto del directamente expropiado y due o del loteá ñ expropiado, esto es, la persona jur dicaí AGRICOLA CURIMANQUE LIMITADA. En m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 26 del Decretoé í Ley Nro.- 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y art culosí 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 20 y en consecuencia G RESE CHEQUEÍ a nombre de la expropiada AGR COLAÍ CURIMANQUE LIMITADA, representada legalmente por don Alvaro Javier Sandoval Trompert, chileno, c dula nacional de identidadé N 9.011.471- 9 por la suma consignada en autos ascendente a ° $12.701.874 ( doce millones setecientos un mil ochocientos setenta y cuatro pesos) con cargo a la Boleta Bancaria Nro.- 5000677015 de fecha 30 de diciembre de 2020. C mplase con las instrucciones sobre giro y retiro de cheques de laú Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 7 de junio de 2013 y Acta Nro.- 87 2014, del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de– Justicia de fecha 17 de junio de 2014, en especial el Numeral Cuarto del Acta Nro.- 87 2014 en que la entrega del cheque girado a nombre de los– expropiados se har con la concurrencia de su abogado patrocinante y/oá apoderado, bajo firma de ambos y la debida constancia relativa a su individualizaci n en el expediente, suscrita por la Srta. Secretaria Titular deló Tribunal o qui n la subrogue legalmente.-é Atendida la emergencia sanitaria que afecta al pa s y con el objeto delí debido resguardo de la salud de las personas la presencia de la expropiada puede efectuarse v a remota mediante videoconferencia por aplicaci ní ó Watsupp y la entrega material de los cheques, cuando procesalmente sea procedente, se efectuar en la Semana de Turno presencial del Tribunalá correspondiendo el m s pr ximo en la semana del 9 de

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-245-2020 CARATULADO : CDE-FISCO/ Temuco, veintinueve de julio de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 20 comparece don Felipe Andr s Molina Saavedra, c dulaé é nacional de identidad N 20.724.821- 5, abogado, en representaci n° ó convencional de la sociedad AGR COLA CURIMANQUE LIMITADAÍ persona jur dica legalmente const

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