Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ESCOBAR/GENERAL SECURITY SPA Y OTRO

Rol

M-471-2022

Fecha

23 de agosto de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no Controvertidos: 1. Que, la actora prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada desde el 01 de septiembre de 2019 ejerciendo funciones como guardia de seguridad y que la remuneración para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo ascendía a la suma de $518.700.- 2. Que, el 30 de mayo de 2022 la actora se comunica telefónicamente con doña Evelyn Herrera, encargada de recursos humanos de la demandada principal. Se Recibe la Causa a Prueba. Los hechos a probar son los siguientes: Respecto de la demandada principal: 1. Circunstancias que rodearon el término de la relación laboral, forma en la cual se efectuó y cumplimiento de formalidades legales. En definitiva, determinar si terminó por un despido verbal o si, por el contrario, se trató de un despido de caducidad en los términos señalados en la contestación de la demanda, hechos y circunstancia de este. 2. Efectividad de haberse utilizado o pagado el feriado legal reclamado, en la afirmativa de aquello, oportunidad o uso del mismo o, por el contrario, monto adeudado por este concepto. 3. Efectividad de adeudarse el feriado proporcional reclamado. 4. Efectividad de adeudarse las horas extraordinarias reclamadas en el libelo. En la afirmativa de aquello, oportunidad en las cuales estas se realizan y monto adeudado. Respecto de la demandada solidaria: 5. Efectividad de haber prestado servicios la actora para la demandada bajo vínculo de subcontratación. Periodo y vigencia del mismo, relación fáctica y/o jurídica existente entre las demandadas. 6. Si la demandada Centro de Especialidades Médicos SpA ejerció el Derecho de Información y Retención alegada. 7. Procedencia de la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por la demandada. Medios de Prueba.- DEMANDADA GENERAL SECURITY SPA.- Ofrece, rinde e incorpora: Documental: Tras el ofrecimiento a la contraria y no habiéndose interpuesto objeciones, los documentos son los siguientes. 1. Comprobante de consta

Fundamentos

CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. - se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Con estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160, 168, 442, 446 del Código del Trabajo y artículo 1698 del código civil,

Fallo

por estas razones y no habiendo, hasta lo que ha transcurrido del audio escuchado, en ninguna parte que se le ha informado la trabajadora que está en alta voz y por tanto esa circunstancia podría hacer entender al tribunal que hay una renuncia una expectativa de privacidad que no alcanza todavía autoriza la grabación, pero que a lo menos nos obliga y ubica en un necesario escenario de disminución de la expectativa de privacidad, como esto no se ha acreditado el tribunal comparte con la demandante que se trata de una grabación que afecta las garantías fundamentales de la representada, entiende este juez que es una conversación telefónica no advertida que está en alta voz y que está siendo grabada, es inadmisible. Se rechaza el otro medio de prueba. Reposición.- La parte demandada interpone recurso de reposición en contra de la resolución precedentemente dictada. Argumentos contenidos en el registro de audio por lo que no se transcribe.- El Tribunal resuelve: El tribunal rechaza la reposición planteada, en base a los siguientes argumentos, en primer lugar porque no se ha planteado la circunstancia de que haya sido una reunión de trabajo, es más, en la demanda y es un tema que no ha sido cuestionado, se señala que era el día libre de la trabajadora por lo tanto malamente podría ser la discusión planteada en que se haya convocado a la trabajadora a una reunión vía Zoom o vía telefónica para tratar el asunto debatido y de esta manera entonces cuesta entender la hipótesis planteada

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEOCONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, martes, 23 de agosto de 2022 RUC 22-4-0416515-5 RIT M- 471 - 2022 MAGISTRADO Eduardo Saldivia Saa ADMINISTRATIVO DE ACTAS Samuel Rojas Díaz HORA DE INICIO 11:11 Horas.- HORA DE TERMINO 14:01 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala Virtual N° 2 Nº REGISTR

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