3º Juzgado de Letras de Copiapó

SOCIEDAD MINERA ARIANA/

Rol

V-2299-2019

Fecha

29 de julio de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Marcelo Antonio Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.703.661-K, en representación de Sociedad Contractual Minera Ariana, sociedad chilena, del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.604.983-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Santa Magdalena Sofía Nº 250, Las Condes, Santiago, el que según presentación de fecha 23 de octubre de 2019, manifiesta 100 pertenencias de 1 hectárea cada una, lo que hace un total de 100 hectáreas, a las que denomina “ADRIANITA DOS, 1 al 100”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2º) Que se debe dejar constancia que esta manifestación se formula en uso del derecho que a su titular otorga la concesión de exploración “ADRIANITA DOS”, cuyo pedimento fue presentado ante este Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad, bajo el Rol V-1192-2017, el 30 de mayo de 2017, fecha que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Minería, debe ser tenida como la de presentación de esta manifestación. 3°) Que la manifestación señalada en el considerando primero fue inscrita el 29 de octubre de 2019, a fojas 3.803 Nº 2.441 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, y se publica el 13 de noviembre de 2019, en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.501. 4º) Que con fecha 28 de mayo de 2020, fue solicitada la mensura de las pertenencias “ADRIANITA DOS, 1 al 100”, sobre una superficie total de 100 hectáreas. La solicitud de mensura fue publicada con fecha 15 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.681 y su respectiva rectificación fue publicada con fecha 30 de diciembre de 2020 en el Boletín Oficial de Minería Nº V-2299-2019 42.842. Sin que dentro de plazo legal se presentase opositor alguno a la solicitud de mensura. 5º) Que a folio 21 consta informe con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordinario Nº 2057 de fecha 29 de marzo de 2021, el cual fue puesto en conocimiento de la parte interesada. A folio 34, se agrega informe favorable, del mismo Servicio, ordinario N° 3720 de fecha 23 de junio de 2021, el que da cuenta que la operación de mensura fue practicada de forma correcta. 6º) Que las coordenadas U.T.M., que identifican cada uno de los vértices del perímetro del grupo de pertenencias constitutivas son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) P.I. 6.904.500,00 362.500,00 L1 6.905.000,00 362.000,00 L2 6.905.000,00 363.000,00 L3 6.904.000,00 363.000,00 L4 6.904.000,00 362.000,00 7º) Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. Y vistos lo dispuesto en los artículos 2, 34, 85 y 87 del Código de Minería, resuelvo: Decláranse constituidas las pertenencias “ADRIANITA DOS, 1 al 100”, con una superficie total de 100 hectáreas, ubicadas en Sur Cerro don Beno, Comuna y Provincia de Copiapó, a favor de Sociedad Contractual Minera Ariana, antes individualizada. Y apruébanse su plano y acta de mensura. Dese extracto confor

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V-2299-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2299-2019 CARATULADO : SOCIEDAD MINERA ARIANA/ Copiapó, veintinueve de Julio de dos mil veintiuno Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Marcelo Antonio Olivares Cabrera, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.703.661-K, en representación de Sociedad Contractual

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