24º Juzgado Civil de Santiago

FLORES/

Rol

V-115-2021

Fecha

28 de julio de 2021

Materia

TRANSIGIR, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 16 de abril de 2021, comparece do a ñ Claudia Elizabeth Flores Quitral, empleada, c dula de identidad n mero 11.319.107-4,é ú domiciliada en pasaje Uranio N 1091, comuna de La Florida, solicitando° que se le autorice, en su calidad de curadora definitiva de su hijo, don Favio Andr s Jorge Rojas Floresé , c dula de identidad n meroé ú 17.951.574-1, de su mismo domicilio, a transigir con la empresa Constructora Campos de Chile S.A., representada por su gerente general don Rodrigo S nchez Cubric, ambos domiciliados en Tobalaba 281,á Providencia, a fin que su hijo reciba el pago de esa sociedad, de la suma de $150.000.000, autorizando, tambi n, a la renuncia de acciones que seé deriven, para el pupilo, en contra de dicha sociedad, por el accidente ocurrido con fecha 2 de febrero de 2018 y de las consecuencias del mismo. Funda su pretensi n en que su pupilo, fue declarado discapacitadoó por Dictamen del COMPIN, con fecha 5 de junio de 2019, seg n consta deú certificado de discapacidad que acompa a en un otros , el cual da cuenta deñ í una grado de discapacidad de don Favio Andr s Jorge Rojas Flores delé 100%, cuya causa principal es ps quica, obteniendo con ello, la declaraci ní ó de interdicci n definitiva de su hijo, por sentencia de 20 de mayo de 2020,ó del 4 Juzgado Civil de San Miguel, en causa rol V-133-2019, donde se la° nombr como curadora definitiva de sus bienes, siendo inscrita la sentenciaó en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, a fojas 6168 vta., n meroí ú 5389, del a o 2020.ñ Relata que su pupilo y la sociedad Campos de Chile, mantuvieron una relaci n laboral que comenz el 9 de abril de 2015, mediante contratoó ó de trabajo, desempe ndose el primero como jornal, ocurriendo que el d añá í 2 de febrero de 2018, mientras realizaba labores en una obra ubicada en Avenida La Oraci n 1254, comuna de Pudahuel, en la techumbre de unaó bodega cubierta, sufre un accidente, cayendo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitante, do a ñ Claudia Elizabeth Flores Quitral, ya individualizada, solicita en su calidad de curadora definitiva de su hijo, don Favio Andr s Jorge Rojas Floresé , c dula de identidadé n mero 17.951.574-1, de su mismo domicilio, se le autorice a transigir conú la empresa Constructora Campos de Chile S.A., a fin que su hijo reciba el pago de esa sociedad, de la suma de $150.000.000, autorizandola, tambi n, a la renuncia de acciones que se deriven, para el pupilo, en contraé de dicha sociedad, por el accidente ocurrido con fecha 2 de febrero de 2018 y de las consecuencias del mismo. Funda su pretensi n, en los hechos y argumentos de derecho, yaó descritos, latamente, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, con el fin de probar sus dichos, se presentaron en estos autos, los siguientes antecedentes por la solicitante: Documentales: a) Certificado de nacimiento de don Favio Andr s Jorge Rojas Flores,é agregado al expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; b) Copia de c dula de identidad de don Favio Andr s Jorge Rojasé é Flores, agregado al expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; c) Copia de Credencial de Discapacidad de don Favio Andr s Jorgeé Rojas Flores, agregado al expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; d) Copia de sentencia de declaraci n de interdicci n de demencia deó ó don Favio Andr s Jorge Rojas Flores, agregada al expediente digitalé con fecha 16 de abril de 2021; e) Copia de inscripci n de sentencia de interdicci n, agregada aló ó expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; f) Copia de contrato de trabajo y su anexo, de don Favio Andr s Jorgeé Rojas Flores, agregado al expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; g) Copia de Minuta de escritura de transacci n extrajudicial, entre donó Favio Andr s Jorge Rojas Flores y Constructora Campos de Chileé SpA, agregado al expediente digital con fecha 16 de abril de 2021; h) Copias de tres publicaciones de la sentencia de interdicci n de donó Favio Andr s Jorge Rojas Flores, agregadas al expediente digital coné fecha 26 de mayo de 2021; i) Certificado de Discapacidad de don Favio Andr s Jorge Rojas Flores,é agregado al expediente digital con fecha 26 de mayo de 2021; j) Certificado y copia de inscripci n de interdicci n, agregados aló ó expediente digital con fecha 26 de mayo de 2021; y k) Impresi n de Ebook de causa rol V-133-2019, del 4 Juzgado Civil deó ° San Miguel, agregado al expediente digital con fecha 26 de mayo de 2021. Informaci n Sumaria de Testigos:ó Rendida en la audiencia de 28 de abril de 2021, en folio 4, por los testigos don Jorge Rojas Cortes, do a Natalia Poblete N ez y don Ra lñ úñ ú Poblete P rez, quienes legalmente juramentados, declararon lo siguiente:é El primero, que es padre del afectado Favio Andr s Jorge Rojas Flores,é de 29 a os de edad, quien en febrero de 2018, sufri un accidente, cayendoñ ó desde el techo de un edificio a 16 metros de altura, cuando se encontraba trabajando pa

Fallo

fallo del compromisario se someter n a la aprobaci n judicial, so penaá ó de nulidad.” SEXTO: Que el art culo 2448 del C digo de Civil, dispone: í ó “Todo mandatario necesitar de poder especial para transigir.á En este poder se especificar n los bienes, derechos y acciones sobre queá se quiera transigir.” S PTIMO:É Que el art culo 338 del C digo Civil, establece: í ó “Las tutelas y las curadur as o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas a favorí de aquellos que no pueden dirigirse a s mismos o administrarí competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que pueda darles la protecci n debida.ó Las personas que ejercen estos cargos se llaman tutores o curadores y generalmente guardadores.” OCTAVO: Que, apreciando los hechos constatados y lo pedido por la peticionaria do a Claudia Elizabeth Flores Quitral, puede advertirse porñ este tribunal, que la solicitud deducida en autos, para autorizar a dicha curadora de su hijo, don Favio Andr s Jorge Rojas Flores, a transigir con laé empresa Constructora Campos de Chile SpA, por los hechos derivados del accidente que padeci el interdicto cuando era trabajador de dicha empresa,ó y con el objeto de recibir una indemnizaci n equivalente a $150.000.000, aó cambio de renunciar a cualquier tipo de acci n que derive de esos mismosó hechos, parece razonable y beneficiosa para el interdicto, ya que le permitir recibir una suma cuantiosa, que le servir para solventar los gastosá á de salud y subsistenc

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-115-2021 CARATULADO : FLORES. Santiago, a veintiocho de julio de dos mil veintiuno. VISTOS Con fecha 16 de abril de 2021, comparece do a ñ Claudia Elizabeth Flores Quitral, empleada, c dula de identidad n mero 11.319.107-4,é ú domiciliada en pasaje Uranio N 1091, comuna de La Florida, solicitando° que se le aut

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