C/ CHANTAL SALOMÉ ALEJANDRA MONTENEGRO FERNÁNDEZ
Rol
O-538-2023
Fecha
3 de diciembre de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 25 de febrero de 2023, alrededor de las 11:50 horas, en el sector de visitas al el interior del Centro Penitenciario Femenino Santiago, ubicado en calle Capitán Prat N°20, comuna de San Joaquín, la imputada Bárbara Linet Herrera Sepúlveda procedió a extraer de su cavidad púbica, un elemento desconocido, haciendo entrega a la imputada CHANTAL MONTENEGRO FERNANDEZ, quien se encuentra privada de libertad en dicho lugar, siendo observadas en todo momento por personal de Gendarmería de control de cámaras del lugar, siendo trasladada la imputada hasta el sector de enfermería donde fue sorprendida portando, manteniendo y guardando una bolsa de nylon contenedora de 48,53 gramos brutos de clorhidrato de cocaína y 01 bolsa contenedora de 114,79 gramos bruto de cocaína base, droga que la imputada portaba mantenía y guardaba sin mantener autorización competente para ello. Santiago, tres de diciembre de dos mil veinticuatro.- Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 5, 7, 11 n° 9, 14, 15, 29, 31, 70, 388 del código procesal penal, Ley 20.000, disposiciones de la Ley 19.970, se declara: l.- Se condena a la imputada CHANTAL SALOMÉ ALEJANDRA MONTENEGRO FERNANDEZ ya individualizada en calidad autora de un delito de TRÁFICO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley 20.000 y perpetrado el 25 de febrero del año 2023, al sufrir las siguientes penas, 5 AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargo u oficio público y profesiones titulares durante el tiempo de la condena, a una MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, incorporación de HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO ADN, una vez que esta sentencia adquiere carácter de firme y ejecutoriada al COMISO de la droga y los contenedores para posterior destrucción por parte del Instituto de Salud Pública. Todo lo anterior
Fallo
se declara: l.- Se condena a la imputada CHANTAL SALOMÉ ALEJANDRA MONTENEGRO FERNANDEZ ya individualizada en calidad autora de un delito de TRÁFICO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley 20.000 y perpetrado el 25 de febrero del año 2023, al sufrir las siguientes penas, 5 AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargo u oficio público y profesiones titulares durante el tiempo de la condena, a una MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, incorporación de HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO ADN, una vez que esta sentencia adquiere carácter de firme y ejecutoriada al COMISO de la droga y los contenedores para posterior destrucción por parte del Instituto de Salud Pública. Todo lo anterior sin las costas. Código: NVGFXRJXKNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La pena de multas se le dará un plazo de 30 días desde que esta sentencia adquiera el carácter de firme y ejecutaría para que sea enterada. La sanción corporal es de cumplimiento efectivo, sin abonos a considerar. Deberá de cumplirse de manera sucesiva y sin solución de continuidad, una vez que dé cumplimiento a la condena por la cual actualmente se encuentra privada de libertad. Se renuncia a los términos legales. Por ejecutoria, orden de ingreso en calidad de
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RUC : 2300214096-9 RIT : 538 - 2023 MAGISTRADO : ANGÉLICA MARÍA PALACIOS RIOSECO NOMBRE IMPUTADO : CHANTAL SALOMÉ ALEJANDRA MONTENEGRO FERNANDEZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0018330225-6 DOMICILIO : Avenida FERMIN VIVACETA Nº 2040, comuna de Independencia. FISCAL : JORGE CARMONA DEFENSOR PÚBLICO : FELIPE BRAVO SOTOMAYOR TRIBUNAL : 12º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : tres de diciembr
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