Juzgado de Garantía de Arica.

HUGO RENE IBAÑEZ GONZALEZ C/ JUAN CARLOS HEYER FAÚNDEZ

Rol

O-5295-2024

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 26 de marzo del año 2024, aproximadamente a las 21:25 horas, el requerido JUAN CARLOS HEYER FAUNDEZ se encontraba en la vía pública, específicamente en calle Juan Antonio Rios frente al Nro. 1200 de la ciudad de Arica, manteniendo en el cinto de su pantalón costado trasero derecho 01 cuchillo, tipo cocinero, marca tramontina, de 12,5 centímetros de hoja útil y afilada y 11 centímetros de empuñadura de madera color café, siendo fiscalizado por personal de Carabineros sin dar justificación razonable para el porte de dichas armas”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de porte de arma cortante o punzante, sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia Arica, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Código: LRXPXRGVVBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 7°, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 31, 49, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; y 1°, 4°, 36, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a JUAN CARLOS HEYER FAÚNDEZ, cédula de identidad N° 9.892.471-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, castigado por el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Arica el 26 de marzo pasado, a las penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual y comiso de la especie incautada, sin costas. La multa se dará por cumplida por el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad en la causa, conforme lo permite el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.

Fallo

se declara: I. Que se condena a JUAN CARLOS HEYER FAÚNDEZ, cédula de identidad N° 9.892.471-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, castigado por el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Arica el 26 de marzo pasado, a las penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual y comiso de la especie incautada, sin costas. La multa se dará por cumplida por el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad en la causa, conforme lo permite el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que ella se entiende ejecutoriada. Orden de libertad en su favor. RUC 2400359094-8 RIT 5295-2024 Dirigió la audiencia y dictó sentencia don JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arica. Código: LRXPXRGVVBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-03T20:13:48-0300

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal INGRID CASTRO MOLLO Defensor GABRIEL APAZA VÁSQUEZ Tipo de Audiencia Control de detención Hora inicio 10:59 Hora termino 11:02 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2400359094-8-992-241129-00-20-CDET JAC EBS RIT 5295 2 Acta alv RUC 2400359094-8 RIT

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