C/ MILTON RAMIRO MARIQUEO TRECAMÁN
Rol
O-4794-2023
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 03 de diciembre 2023, siendo aproximadamente las 13:30 horas, el imputado MILTO RAMIRO MARIQUEO TRECAMÁN conducía el vehículo tipo Station Wagon, que portaba las placas patentes GSZY-97, marca Dodge Journey, color blanco, año 2015, por la vía pública y al llegar a la intersección de Av. Tobalaba con av. Quilín Norte, comuna de Peñalolén, fue sometido a un control vehicular por parte de personal policial. En dicha fiscalización, los funcionarios policiales pudieron percatarse que las placas patentes que portaba correspondían a patentes ostensiblemente falsas, puesto que consistían en placas metálicas de construcción artesanal, toda vez que al tacto se trataba de material ligero y flexible, sin sellos de seguridad. A raíz de ello, los funcionarios procedieron a buscar el número de chasis donde encontraron una placa metálica sobre la original y al desprenderlo pudieron verificar que dicho número de chasis original se encontraba borrado, asimismo, al consultar e número de motor, con la central de comunicaciones CENCO, se estableció que dicho número de motor correspondía a la patente GTLY-69, la cual mantiene encargo vigente, según el documento UN N° 564795 de fecha 05 de octubre del 2023, por robo de vehículo motorizado que consta en el parte N° 1899 de fecha 04 de octubre del mismo año, emanado de la ciudad de Rancagua. El imputad mantenía en su poder conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie. Delito y grado de desarrollo RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, y FALSIFICACIÓN DE PLACA PATENTE, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290 de Tránsito Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 6 y 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MILTON RAMIRO MARIQUEO TRECAMÁN, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MILTON RAMIRO MARIQUEO TRECAMÁN, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU MEDIO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de Código: HWWQXRXXJFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la condena, como autor del delito RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO y SESENTA Y UN DIA DE PRESIDIO MENTO EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, un año de suspensión de licencia de conducir por el plazo de un año, una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, como autor del delito de FALSIFICACIÓN DE PLACA PATENTE, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290 de Tránsito, hecho ocurrido el día 03 de diciembre de 2023, en la comuna de Peñalolén. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile durante todo el término de la condena estos son 602 días, y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. José Domingo Cañas N° 1970, de la comuna de Ñuñoa, en la semana del 16 al 20 de diciembre del año 2024, bajo apercibimien
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2301321978-8 RIT : 4794 - 2023 IMPUTADO : MILTON RAMIRO MARIQUEO TRECAMÁN Cédula de Identidad : 0019096286-5 Nacionalidad : Chileno Fecha de nacimiento : 28/04/1997 Domicilio : Calle EL VALLE Nº 7132, Peñalolen PROCEDIMIENTO : Abreviado Fecha de sentencia : dos de diciembre de dos mil veinticuatro JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA (titular)
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