MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ CARMEN MARISCAL CLAROS
Rol
O-683-2024
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias materia de la Código: YDXUXRXGPXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral fueron los siguientes: “El día 26 de marzo de 2024, alrededor de las 20:50 horas, en el kilómetro 1355 de la ruta 5 norte, personal de carabineros procedió a la fiscalización de un bus interprovincial marca Pluss Chile, patente LZRL-48, con destino a la ciudad de Santiago, instante en el que sorprendió a tres de sus pasajeras, las imputadas CARMEN MARISCAL CLAROS, CALIXTA VENTURA VALENCIA y FRANCISCA CONDORI UMAÑA portando entre sus vestimentas sustancias estupefacientes. Específicamente, la policía encontró en poder de la imputada MARISCAL CLAROS tres paquetes de regular tamaño, contenedores de cocaína con un peso bruto de dos kilos 190 gramos, además de dieciocho ovoides contenedores de la misma sustancia con un peso bruto de 200 gramos, incautando en poder de esta imputada, además un teléfono celular marca Redmi de color negro y la suma de $15.000. Por otro lado, carabineros encontró en poder de la imputada CALIXTA VENTURA VALENCIA otros tres paquetes de regular tamaño, contenedores de cocaína con un peso bruto de un kilo 640 gramos, además de diecinueve ovoides contenedores de la misma sustancia con un peso bruto de 220 gramos, incautando en poder de esta imputada, además, un teléfono marca Samsung de color negro y la suma de $10.000. Por último, la policía encontró en poder de la imputada FRANCISCA CONDORI UMAÑA otros tres paquetes de regular tamaño, Código: YDXUXRXGPXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 contenedores de cocaína con un peso bruto de dos kilos 180 gramos, incautando en poder de esta imputada, además un teléfono celular marca Vivo de color azul y la suma de $68.000. En consecuencia, producto de este procedimiento, la policía logro la incautación de un total d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 22 de noviembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por las juezas Paula Ortiz Saavedra, quien presidió, integrada por Marcela Mesías Toro e Ingrid Muñoz Quevedo, las primeras en calidad de titulares y la última como interina, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT N° 683-2024, seguida por el delito de tráfico ilícito de drogas estupefacientes o sustancias psicotrópicas en contra de las acusadas, CARMEN MARISCAL CLAROS, cédula de identidad N° 28.389.587-4, boliviana, nacida en Tapacarí el 7 de agosto de 1998, de actuales 26 años, soltera, ama de casa; CALIXTA VENTURA VALENCIA, cédula de identidad N° 28.389.592-0, boliviana, nacida en Tapacarí el 18 de diciembre de 1989, de actuales 34 años, soltera, ama de casa, y FRANCISCA CONDORI UMAÑA, cédula de identidad N° 28.389.594-7, boliviana, nacida en Potosí el 5 de agosto de 1995, actuales 29 años, soltera, ama de casa, todas domiciliadas para estos efectos en Calle Washington N°2562, oficina 208, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por la fiscal Paola Acevedo Vera, mientras que las acusadas estuvieron representadas por el defensor penal público Sergio Balcázar Arias, todos con domicilio y forma de notificación ya registradas en el tribunal. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias materia de la Código: YDXUXRXGPXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral fueron los siguientes: “El día 26 de marzo de 2024, alrededor de las 20:50 horas, en el kilómetro 1355 de la ruta 5 norte, personal de carabineros procedió a la fiscalización de un bus interprovincial marca Pluss Chile, patente LZRL-48, con destino a la ciudad de Santiago, instante en el que sorprendió a tres de sus pasajeras, las imputadas CARMEN MARISCAL CLAROS, CALIXTA VENTURA VALENCIA y FRANCISCA CONDORI UMAÑA portando entre sus vestimentas sustancias estupefacientes. Específicamente, la policía encontró en poder de la imputada MARISCAL CLAROS tres paquetes de regular tamaño, contenedores de cocaína con un peso bruto de dos kilos 190 gramos, además de dieciocho ovoides contenedores de la misma sustancia con un peso bruto de 200 gramos, incautando en poder de esta imputada, además un teléfono celular marca Redmi de color negro y la suma de $15.000. Por otro lado, carabineros encontró en poder de la imputada CALIXTA VENTURA VALENCIA otros tres paquetes de regular tamaño, contenedores de cocaína con un peso bruto de un kilo 640 gramos, además de diecinueve ovoides contenedores de la misma sustancia con un peso bruto de 220 gramos, incautando en poder de esta imputada, además, un teléfono marca Samsung de color negro y la suma de $10.000. Por último, la policía encontró en poder de la imputada FRANCISCA CONDORI UMAÑA otros tres paquetes de regular tamaño, Código: YDXUXRXGPXL Es
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 Nº 1, 18, 24, 25, 28, 31, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 3, 40, 43, 45 y 46 de la Ley Nº 20.000 y su Reglamento; artículos 1 y siguientes de la Ley N° 18.216, artículos 1, 31, 45, 47, 52, 53, 275, 295, 297, 325, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348 y 468 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a cada una de las acusadas CARMEN MARISCAL CLAROS, CALIXTA VENTURA VALENCIA, y FRANCISCA CONDORI UMAÑA, ya individualizadas, a la pena de cinco (5) años y un (1) día de presidio mayor en su grado mínimo, y a una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales (40 UTM), además, las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autoras del delito consumado de tráfico ilícito de drogas estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo Código: YDXUXRXGPXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 24 1° en relación al artículo 3° de la Ley N° 20.000, perpetrado en la comuna de Antofagasta el 26 de marzo del año 2024. II.- Que la multa a las que han sido condenadas será pagadera en diez cuotas iguales, mensuales y sucesivas a beneficio del fondo especial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
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1 Antofagasta, dos de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 22 de noviembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por las juezas Paula Ortiz Saavedra, quien presidió, integrada por Marcela Mesías Toro e Ingrid Muñoz Quevedo, las primeras en calidad de titulares y la última como interina, se l
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