1º Juzgado de Letras de San Bernardo

URRUTIA/I. MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO

Rol

C-1004-2021

Fecha

28 de julio de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de abril del año 2021, comparece doña JENIFFER DINELLY URRUTIA CAMPOS, comerciante, cédula de identidad N° 14.472.105-5, con domicilio en calle BENJAMÍN SUBERCASAUX N° 1331, SAN BERNARDO, quien interpone demanda de juicio ordinario en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO, persona jurídica de derecho público, rol único tributario N°69.072.700- 5, representada legalmente por su Alcalde don LEONEL CADIZ SOTO, cédula de identidad N° 12.043.065-3, alcalde, ambos domiciliados en calle Eyzaguirre N°450, de San Bernardo, a fin de que se declare la prescripción extintiva de la acción que dicha institución pretende tener en su contra, por los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Señala que consta en certificado de deuda de patente municipal actualizado a enero de 2021, Rol N° 2-301535 emitido por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO, que la demandante doña JENIFFER DINELLY URRUTIA CAMPOS, mantiene una deuda por concepto de PATENTE MUNICIPAL, desde el año 2008 hasta el año 2009 por una suma total más reajuste e intereses de $605.412 pesos. Sin embargo, dicha deuda se encuentra prescrita y es por esto que la demandante doña JENIFFER DINELLY URRUTIA CAMPOS viene en hacer uso del derecho que le confiere la ley para reclamar la prescripción de las tres cuotas en que se cumplan los presupuestos necesarios para hacerlo, provenientes del año 2008 al 2009, las cuales ascienden a un monto de $605.412 pesos. Finalmente solicita tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva en juicio ordinario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO, representada por don LEONEL CADIZ SOTO, ambos ya individualizados, acogerla y en definitiva declarar que las acciones que le corresponden por el cobro de $605.412 pesos, por concepto de deuda, desde el año 2008 al 2009 incluidos los reajustes e intereses, se encuentran prescritas. Con fecha 7 de junio del año 2021, se notifica personalmente a don LEONEL RENAN CÁDIZ SOTO, alcalde, cédula de identidad N° 12.043.065-3, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN BERNARDO, de la demanda y su proveído. Con fecha 14 de junio del año 2021, comparece don MARIO GUTIERREZ ARREDONDO, Abogado, Cedula de Identidad N° 11.403.580-7, en representación de la I. Municipalidad de San Bernardo, quien viene en contestar la demanda de autos, interpuesta en contra de su representada, en los siguientes términos allanándome a ésta sólo en lo que legalmente corresponde, atendido a los siguientes hechos: RIT« » Foja: 1 Señala que es cierto que la demandante de autos, mantiene una deuda con la I. Municipalidad de San Bernardo por concepto de derechos municipales, correspondiente a patente comercial ROL N° 2-301535, del giro de su denominación, según detalle de reporte de deuda que se acompaña, corresponde al primer semestre del año 2008 y que se mantiene vigente hasta el primer semestre del año 2009., incluyendo reajustes e intereses, esta deuda alcanza a la cantidad total de $ 631.932.- Indica que también es efectivo, que esta clase de impuesto que va en beneficio Municipal es de carácter anual, y cuyo devengo es el 31 de Julio de cada año calendario, por lo que solo corresponde declarar prescripción hasta la fecha antes indicada, por lo que esta parte se allana a la solicitud de prescripción extintiva que realiza el demandante por la deuda materia de autos correspondiente a los impuestos por concepto de patente municipal, ya individualizado, hasta el primer semestre del año 2009. Finaliza indicando tener por contestada la demanda de autos dentro de plazo allanándome a esta en los términos referidos precedentemente, esto es por el período que

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTOS, ADEMÁS, lo dispuesto en los artículos 160, 170, 342, 384, 385 y siguientes del código de procedimiento civil, artículos 1, 2, 23, 24, 26, y 29 del decreto ley 3.063 sobre rentas municipales y artículos 2514, 2521, del código civil, SE DECLARA: I.-Que se ACOGE la demanda interpuesta por doña JENIFFER DINELLY URRUTIA CAMPOS, comerciante, cédula de identidad N° 14.472.105-5 EN CONTRA de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO y en consecuencia, se declara extinguidas por prescripción los concepto de patentes comerciales amparadas bajo el Rol N° 2-301535, correspondiente al primer semestre del año 2008 y que se mantiene vigente hasta el primer semestre del año 2009, la cual se encontraría prescritas. II.- Que, NO SE CONDENA en costas a la parte demandada por haberse allanado. RIT« » Foja: 1 Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. NOTIFÍQUESE POR CEDULA. ROL 1004-2021 DICTADO POR DON SERGIO RAUL VIAL LOPEZ, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Bernardo, veintiocho de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 9 .- nueve NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-1004-2021 CARATULADO : URRUTIA/I. MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO San Bernardo, veintiocho de Julio de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 14 de abril del año 2021, comparece doña JENIFFER DINELLY URRUTIA CAMPOS, comerciante, cédula de identidad N° 14.472.105-5, con domicilio

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