Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota.

C/ VERÓNICA DEL PILAR ALLENDES GUZMÁN

Rol

O-93-2024

Fecha

2 de diciembre de 2024

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “Con fecha 13 de septiembre de 2022 se recepciona por la PDI de Quillota, denuncia en que se indicaba que en el inmueble de Pasaje Ramal N° 237, población El Portal, en Quillota, se estaría comercializando droga. En virtud del informe de investigación criminal N° 696 de fecha 20 de marzo de 2023, de la Policía de Investigaciones, se concluye que hay antecedentes suficientes de la existencia del ilícito investigado solicitándose al Tribunal de Garantía de Quillota autorización de entrada, Código: RCYKXRYQKBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 registro e incautación al inmueble antes indicado. La diligencia anterior se materializa por personal de la PDI el día 26 de abril de 2023. Ese día a las 16:40 personal de la Policía de Investigaciones ingresa al citado inmueble encontrando en su interior a la acusada Verónica Allendes Guzmán y a Damián Reyes Allendes. Al revisar las vestimentas de la acusada Allendes Guzmán se encontró una bolsa plástica en cuyo interior había cocaína base con un peso de 3,0 gramos brutos (2,8 gramos neto). Además, se le encontró un monedero con $ 18.000 en dinero efectivo y un calcetín en cuyo interior habían $249.000 en dinero efectivo. En el living, sobre una mesa de centro, se encontraron dos envoltorios de papel los que contenían una sustancia vegetal en estado seco, la que sometida a la prueba de campo arroja positivo ante la presencia de Cannabis Sativa, con un peso 3,3 gramos bruto (2.3 gramos neto). En el dormitorio principal ubicado en el segundo piso del inmueble, perteneciente a Allendes Guzmán, se encontró al interior de un bolso tipo cartera dos envoltorios de papel los que contenía una sustancia vegetal en estado seco la que dio positivo para la presencia de Cannabis Sativa según la prueba de campo con un peso de 23,4 gramos brutos (10,1 gramos neto). En el dormitor

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, presidida por la magistrado Aída Torres Salgado (D) e integrada, además, por los jueces Claudio Osorio Llanos (S) y Leticia Morales Polloni (T), se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC N°2200914746-6 y RIT N°93-2024, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de: 1) VERÓNICA DEL PILAR ALLENDES GUZMÁN, cédula de identidad N°16.539.718-5, nacida el 4 de febrero de 1987, enseñanza básica, domiciliada en Pasaje Ramal Nº237, población El Portal, sector San Pedro, comuna de Quillota y 2) DAMIÁN ISAAC REYES ALLENDES, cédula de identidad N°21.461.365-4, nacido el 29 de noviembre de 2003, 21 años, enseñanza media, domiciliado en Pasaje Ramal Nº237, población El Portal, sector San Pedro, comuna de Quillota, actualmente privado de libertad por causa diversa. Fue parte acusadora el Ministerio Público representado por el Fiscal don César Astudillo Ibaceta. Por la defensa de Verónica Allendes intervino la abogada de la Defensoría Penal Pública doña Karen Briceño Albarracín, mientras que al acusado Damián Reyes lo representó el abogado de la Defensoría Penal Pública don Claudio Peñaloza Hernández. SEGUNDO: Auto de apertura de juicio oral. Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra del encartado con motivo de los hechos que da cuenta el auto de apertura de juicio oral que pasa a transcribirse a continuación: “Con fecha 13 de septiembre de 2022 se recepciona por la PDI de Quillota, denuncia en que se indicaba que en el inmueble de Pasaje Ramal N° 237, población El Portal, en Quillota, se estaría comercializando droga. En virtud del informe de investigación criminal N° 696 de fecha 20 de marzo de 2023, de la Policía de Investigaciones, se concluye que hay antecedentes suficientes de la existencia del ilícito investigado solicitándose al Tribunal de Garantía de Quillota autorización de entrada, Código: RCYKXRYQKBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 registro e incautación al inmueble antes indicado. La diligencia anterior se materializa por personal de la PDI el día 26 de abril de 2023. Ese día a las 16:40 personal de la Policía de Investigaciones ingresa al citado inmueble encontrando en su interior a la acusada Verónica Allendes Guzmán y a Damián Reyes Allendes. Al revisar las vestimentas de la acusada Allendes Guzmán se encontró una bolsa plástica en cuyo interior había cocaína base con un peso de 3,0 gramos brutos (2,8 gramos neto). Además, se le encontró un monedero con $ 18.000 en dinero efectivo y un calcetín en cuyo interior habían $249.000 en dinero efectivo. En el living, sobre una mesa de centro, se encontraron dos envoltorios de papel los que contenían una sustancia vegetal en estado seco, la que sometida a la prueba de campo arroja positivo ante l

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 18, 24, 30, 31, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 8, 12, 36, 45, 47, 282 a 291, 295, 296, 297, 298, 315 inciso final, 325 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 45, 46, 52 y demás pertinentes de la Ley 20.000; artículos 1, 2, 9, 15, 17, 17 B y demás pertinentes de la Ley 17.798; y artículo 1°, 15 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a los acusados VERÓNICA DEL PILAR ALLENDES GUZMÁN, cédula de identidad N°16.539.718-5 y a DAMIÁN ISAAC REYES ALLENDES, cédula de identidad N°21.461.365-4, como autores del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley N° 20.000, en grado consumado, descubierto el día 26 de abril de 2023 en la comuna de Quillota: * Verónica del Pilar Allendes Guzmán, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales. * Damián Isaac Reyes Allendes, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales. II.- Que, asimismo, se condena a DAMIÁN ISAAC REYES ALLENDES, ya individualizado, como autor del delito de tenencia ilegal de municion

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO C/ VERÓNICA DEL PILAR ALLENDES GUZMÁN Y DAMIÁN ISAAC REYES ALLENDES. DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES. RUC N°2200914746-6 RIT N°93-2024 Quillota, a dos de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, ant

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