1º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ KELI MILENA CARABALI PRECIADO

Rol

O-15-2024

Fecha

2 de diciembre de 2024

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos de la acusación materia del juicio, según se expresó en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 12 de marzo de 2020, a las 12:45 horas aproximadamente, en calle Mateo de Toro y Zambrano N° 6454, habitación N° 06 oriente, comuna de Cerro Navia, la acusada KELI MILENA CARABALI PRECIADO tenía en su poder y guardaba en el papelero del baño un arma de fuego tipo pistola marca Bruni, a fogueo, con un cartucho en su recamara, pistola apta para ser utilizada como un arma de fuego, pues presenta su cañón horadado modificado en su condición original, además de en el interior de un inodoro el cargador del arma con siete cartuchos calibre 9 mm., modificados también respecto de su condición original, toda vez que fueron introducidos en forma artesanal proyectiles de plomo. Mientras que el mismo día y a la misma hora, en calle Mateo de Toro y Zambrano N° 6454, habitación N° 06 poniente, comuna de Cerro Navia, la acusada BIVIANA GREGORIO ROSARIO tenía en su poder y guardaba en el interior del horno de la cocina un arma de fuego tipo pistola marca Carrera, a fogueo, pistola apta para ser utilizada como Código: RVUEXRBZXZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un arma de fuego, pues presenta su cañón horadado modificado en su condición original, además de en su cargador mantiene cinco cartuchos calibre .380 auto o 9 x 17 mm., modificados también respecto de su condición original, al observarse los proyectiles más introducidos de lo normal en sus vainillas.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13° en relación al artículo 3° de la ley la Ley N° 17.798, en grado de desarrollo de consumado, correspondiéndole a las acusadas participación en calidad de autoras, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que tomaron parte en la ejecución del hecho de una manera inme

Fundamentos

Considerando los antecedentes expuestos, después de efectuado el análisis de la información documental, sustento teórico y material recolectado, mediante las técnicas propias del Trabajo Social y la metodología científica utilizada es posible concluir que: PERITADA se encuentra en la etapa del ciclo vital individual de adultez (Erickson, 1976), en la cual tiene como proceso central comprometerse con los otros y con su trabajo, consiguiendo así una vida productiva. La necesidad del adulto de lograr una vida productiva, le protege de un estancamiento y le ayuda a seguir adelante con sus metas y propósitos. Por otro lado, es un pilar fundamental para el funcionamiento familiar a pesar de la distancia, a su vez, mantiene un vínculo afectivo maternal que se expresa a través de llamadas telefónicas, videollamadas y redes sociales de forma cotidiana manteniendo la presencia a pesar de la ausencia física, realiza esfuerzos constantes por crear continuidad y mantenerse activa en su rol de madre solventando las necesidades económicas ya que la adversidad de la distancia imposibilita la satisfacción de las necesidades emocionales, aun así mantiene el apego hacia sus hijos nutriendo el vínculo mediante la comunicación a distancia, sumando la vinculación afectiva y emocional con su cónyuge lo cual le entrega la motivación para cumplir con sus propósitos y expectativas de vida tanto para ella, sus hijos y cónyuge, lo que genera control social mediante sus vínculos familiares lo que le permite a la PERITADA mantener una vida más eficaz frente a un comportamiento antisocial. Se funda esta opinión desde la teoría de vínculos sociales de Travis Hirschi (1969) en la cual se sugiere que una participación sana y constructiva en el proceso de socialización ayuda a producir autocontrol en un individuo; minimizando así su participación en comportamientos desviados. Cabe destacar que PERITADA no cuenta con antecedentes anteriores ni conductas delictivas o infractoras,

Fallo

se resuelven los problemas con armas. Agregó que el procedimiento fue legal al momento de encontrarse las armas de fuego. Por lo que en su oportunidad solicitará la condena para la imputada Gregorio Rosario. La defensa señaló, en síntesis, que la acusada declarará y, por tanto, renunciará a su derecho a guardar silencio y señalará que autorizó el ingreso a su domicilio, que tuvo una actitud colaborativa, que posteriormente, hará el resto de sus alegaciones en la oportunidad correspondiente. CUARTO: Declaración de la acusada. Que, la acusada Biviana Gregorio Rosario, debida y legalmente enterada de sus derechos y de la acusación transcrita, decidió renunciar a este, prestando declaración, para tales efectos señaló que se le acusa por tenencia de arma porque vivía en su pieza con una persona. Ese día, ella estaba acostada y entraron los de la PDI por la puerta de la pieza, pero por el inmueble, lo hicieron por el techo sin permiso. Explicó que ella estaba desnuda, acostada y le tocaron la puerta, ella les dijo que estaba desnuda, igual golpearon y mandaron a una chica y la sacaron al patio. Revisaron la pieza, luego la llevaron a su pieza, ella les dijo que trabajaba legalmente y encontraron un arma. Ella les dijo que no era suya, que vivía con una persona. Que no sabe todas las cosas que tiene esa persona, la llevaron detenida y la mantuvieron en este proceso. Preguntada por su Defensa, indicó que esto ocurrió en diciembre del año 2020, no recuerda el mes, cree que fue en a

Texto Completo (Preview)

RIT 15-2024 RUC: 2000282559-8 C/ BIVIANA GREGORIO ROSARIO TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA Santiago, dos de diciembre del dos mil veinticuatro. PRIMERO: Individualización del Juicio y los intervinientes. Ante este Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por los jueces, don Manuel Guerrero González, en calidad de presidente, doña Marianne Barrios Socias, en ca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica