Juzgado de Garantía de Temuco.

MP TCO C/ CAMILO ANDRÉS MUÑOZ FIGUEROA

Rol

O-8189-2024

Fecha

30 de noviembre de 2024

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 4 de octubre del año 2024 siendo aproximadamente la 16:25 horas. El diputado Camilo Andrés Muñoz ingresó al interior del supermercado Líder ubicado en la avenida Barros Arana N° 308 de la ciudad de Temuco y en su interior se apropió con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño de dos cortes de carne tapa barriga , especies que ocultó dentro de su vestimenta para posteriormente traspasar las cajas recaudadora y salía al exterior del local sin cancelar la refería a especies siendo retenido por los guardias entregaba posteriormente a Carabineros la especie sustraía fue avaluada por la víctima en la suma de 27.840 pesos equivalente a 0.41 unidades tributarias mensuales Temuco, treinta de noviembre de dos mil veinticuatro Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal Código: XKUFXRFPSTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art.

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal Código: XKUFXRFPSTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 390 inciso segundo, 391 y 392 del código procesal penal y 494 bis del código penal, encontrándose requerimientos suficientemente fundado, se resuelve I.- Que se CONDENA a CAMILO ANDRÉS MUÑOZ FIGUEROA, ya individualizado, como autor de la falta frustrada de hurto por los hechos ocurridos en esta ciudad el día cuatro de 04 de octubre del año 2024 a la pena de multa d

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RESUMEN RIT : 8189 - 2024 RUC : 2401195647-1 MATERIA : Hurto falta IMPUTADO : CAMILO ANDRÉS MUÑOZ FIGUEROA CÉDULA DE IDENTIDAD : 16.412.710-9 DOMICILIO : Calle PUENTE QUEPE.. CAIVICO S/N PREDIO HUICHAHUE Nº ., Padre de las Casas. ATENUANTES : no informada AGRAVANTES : no informada RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 4 de octubre del año 2024 siendo aproximadamente la

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