2º Juzgado de Letras de Copiapó

ILLANES/

Rol

V-1688-2019

Fecha

27 de julio de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 09 de agosto de 2019, don Luis Jilberto Illanes Pozo, chileno, casado con separación total de bienes, minero, cédula de identidad N° 7.645.990-8, domiciliado en calle Batallón Atacama N° 419, Caldera, con un 51% de acciones, y don Fidel Ramón Cuevas Mercado, chileno, viudo, minero, cédula de identidad N° 6.120.137-8, domiciliado en calle Zapiga N° 7087, La Florida, Región Metropolitana, con un 49% de acciones, solicitaron 30 pertenencias mineras denominadas "SALMUERA - 11 1 AL 30”, ubicadas en Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. Se hace presente que con fecha 16 de agosto de 2019, comparece en Secretaría del Tribunal don Fidel Ramón Cuevas Mercado, exhibiendo su cédula de identidad y ratificó la manifestación de autos. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 02 de febrero de 2021, da cuenta de la mensura de las pertenencias "SALMUERA- 11 1 AL 30”, ubicadas en Llano Cienaga Redonda, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, las que abarcan una superficie total de 225 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (mts) ESTE(mts) L1 7.009.000,00 491.000,00 L2 7.009.000,00 494.000,00 L3 7.008.000,00 494.000,00 L4 7.008.000,00 492.500,00 L5 7.008.500,00 492.500,00 L6 7.008.500,00 491.000,00 3) Que con fecha 22 de agosto de 2019, la manifestación en referencia fue inscrita a fs.3.020 vta. Nº 1924 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó. Se señala, además, en la parte final del documento, que al margen de la inscripción dice: 1) Transfirieron sus derechos por Ministerio de la Ley a la “SOCIEDAD LEGAL MINERA SALMUERA – 11 UNA DEL SECTOR LLANO CIENAGA REDONDA”, quedando inscrita a fs.3.022 vuelta N° 1.925 en el Registro de Descubrimientos; y en fojas 188 vuelta N° 223 en el Registro de Accionistas, ambos del Conservador de Minas de Copiapó, correspondientes al año 2019; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.446 de fecha 04 de septiembre de 2019, documentos acompañados con fecha 04 de marzo de 2020. 4) Que con fecha 06 de abril de 2020, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería Nº42.625, documento acompañado con fecha 08 de mayo de 2020. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta, según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 004213, de fecha 13 de julio de 2021, agregado mediante resolución de fecha 14 de julio de 2021. No obstante lo anterior, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura, mediante Ordinarios N° 5375, de fecha 21 de octubre de 2020, agregado mediante resolución de fecha 26 de octubre de 2020; N° 6766, de fecha 02 de diciembre de 2020, agregado mediante resolución de fecha 10 de diciembre de 2020 y N° 2060 de fecha 29 de marzo de 2021, agregado mediante resolución de fecha 31 de marzo de 2021.

Fallo

SE DECLARA: Que SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y quedan constituidas las pertenencias "SALMUERA – 11 1 AL 30”, ubicadas en Llano Cienaga Redonda, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 225 hectáreas, en favor de S.L.M. SALMUERA- 11 UNA DEL SECTOR LLANO CIENAGA REDONDA. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-1688-2019. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veintisiete de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1688-2019 CARATULADO : ILLANES/ Copiapó, veintisiete de Julio de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 09 de agosto de 2019, don Luis Jilberto Illanes Pozo, chileno, casado con separación total de bienes, minero, cédula de identidad N° 7.645.990-8, domiciliado en calle Batallón Atacama N° 41

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