Juzgado de Letras y Garantia de Alto Hospicio

FL AH C/ MORONY LEON SANCHEZ ROMERO

Rol

O-816-2024

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y todos los antecedentes de la investigación. - El Imputado reconoce los hechos de la acusación y acepta todos los antecedentes de la investigación. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia.” 1.- SE DECLARA: Que SE CONDENA a don MORONY LEON SANCHEZ ROMERO cédula de identidad N° 0026930240-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 21 de marzo del año 2024, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio 175 días Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional 02 años CRS ALTO HOSPICIO Código: LZJUXRCCTVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_altohospicio@pjud.cl Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl Observación Que, respecto de las penas corporales, cumpliéndose en la especie los requisitos del artículo 4, en relación al artículo 1 de la ley 18.216, se le concede la pena de sustitución de REMISIÓN CONDICIONAL, por el término de 02 años, debiendo estar sujeto a control y cumplimiento de Gendarmería de Chile. Se ordena al condenado presentarse el día 02 de diciembre de 2024, a las 09:00 horas, en el CRS de Alto Hospicio, para iniciar el cumplimiento de su pena sustitutiva PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer

Fallo

SE DECLARA: Que SE CONDENA a don MORONY LEON SANCHEZ ROMERO cédula de identidad N° 0026930240-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 21 de marzo del año 2024, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio 175 días Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional 02 años CRS ALTO HOSPICIO Código: LZJUXRCCTVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_altohospicio@pjud.cl Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl Observación Que, respecto de las penas corporales, cumpliéndose en la especie los requisitos del artículo 4, en relación al artículo 1 de la ley 18.216, se le concede la pena de sustitución de REMISIÓN CONDICIONAL, por el término de 02 años, debiendo estar sujeto a control y cumplimiento de Gendarmería de Chile. Se ordena al condenado presentarse el día 02 de diciembre de 2024, a las 09:00 horas, en el CRS de Alto Hospicio, para iniciar el cumplimiento de su pena sustitutiva PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 05 unidades tributarias mensuales --- Por cumplida Observación: Que, respecto de la penas pe

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Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PREPARACION DE JUICIO ORAL Fecha Alto Hospicio., veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. Magistrado VÍCTOR HUGO SANHUEZA BRAVO

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