DANIELA CONSTANZA CONTRERAS LOPEZ C/ FELIPE ARTURO FREDES TORRES
Rol
O-2108-2024
Fecha
29 de noviembre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nro. 6 y 9, 296 del Código Penal; artículo 9no. de la Ley de violencia intrafamiliar, Art.34 de la misma ley, 1ro. y 4to. de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a FELIPE ARTURO FREDES TORRES, cédula nacional de identidad N°20.797.945-7, ya individualizado, como autor de un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar cometido el día 2 de junio del año 2024, en perjuicio de doña Daniela Contreras, a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima por el plazo de un año, sin costas por haber sido defendido por la defensoría. II. Que, la pena privativa de libertad se sustituye por la Remisión Condicional, quedando sujeto de control de Gendarmería Chile en la ciudad de Ovalle, por un año, firma una vez al mes. III. Que en cuanto a la pena accesoria de prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima notifíquese a través de Carabineros y para que tenga presente esta prohibición. Ofíciese al Registro Civil para que deje el registro de la condena, haciendo aplicación del artículo 38. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Darío Díaz Peña y Lillo, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle.- Código: TLXUXRKPTJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TLXUXRKPTJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-29T22:35:57-0300
Fallo
se declara: I.- Que se condena a FELIPE ARTURO FREDES TORRES, cédula nacional de identidad N°20.797.945-7, ya individualizado, como autor de un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar cometido el día 2 de junio del año 2024, en perjuicio de doña Daniela Contreras, a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima por el plazo de un año, sin costas por haber sido defendido por la defensoría. II. Que, la pena privativa de libertad se sustituye por la Remisión Condicional, quedando sujeto de control de Gendarmería Chile en la ciudad de Ovalle, por un año, firma una vez al mes. III. Que en cuanto a la pena accesoria de prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima notifíquese a través de Carabineros y para que tenga presente esta prohibición. Ofíciese al Registro Civil para que deje el registro de la condena, haciendo aplicación del artículo 38. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Darío Díaz Peña y Lillo, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle.- Código: TLXUXRKPTJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TLXUXRKPTJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-29T22:35:57-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro Magistrado DARÍO ARTURO DÍAZ PEÑA Y LILLO Fiscal PAULO ANDRÉS DUARTE LÓPEZ Defensor CARLOS RODRIGO CORDERO FIGUEROA RUC 2400635781-0 RIT 2108 – 2024 Delito Amenazas en contexto de violencia intrafamiliar Grado de ejecución consumado Participación autor Atenuante(s) Art. 11 Nro
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