GONZÁLEZ VERGARA YOLANDA
Rol
V-3-2021
Fecha
26 de julio de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
hechos invocados por la peticionaria, compareciendo al efecto doña Vanessa Marisol González Vergara, Run N°15.356.039-0 y doña Eugenia Emperatriz González Vergara, Run N°8.864.194-9, hermanas de la solicitante, hijas de don Orlando González Vergara, quienes además forman parte de la comunidad hereditaria dueña del inmueble que se pretende enajenar, señalando que la venta sería muy útil para su padre ya que ese dinero serviría para costear sus gastos de mantención y brindarle un mejor vivir. Al folio 17 el Defensor Público don Juan Jaime Ferrer, evacuó informe favorable, estimando que procedía autorizar a doña Yolanda Berta González Vergara para que, en su calidad de curadora general, legítima y definiiva de su padre, don Orlando Heradio González Caro, declarado en interdicción defiinitiva por causa de demencia, en representación del mismo, de consuno y en unión con los demás comuneros, enajenen en pública subasta el bien raíz individualizado en autos, en un precio no inferior a $40.000.000.-. Con fecha 12 de julio de 2021, se trajeron los autos para fallo. Foja: 1 TENIENDO PRESENTE: Con lo relacionado y antecedentes acompañados, además lo previsto en los artículos 817, 818, 891 del Código de Procedimiento Civil y 393, 394 y 688 N°2 del Código Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a lo solicitado y se autoriza a doña Yolanda Berta González Vergara, RUN N° 8.864.195-7, en su calidad de curadora general, legítima y definitiva de su padre don Orlando Heradio González Caro RUN N°5.324.506-4, para que en su representación, de consuno y en unión con los demás comuneros, enajenen en pública subasta el inmueble ubicado en calle Lo Errázuriz N°2278, Sitio 323, Población Presidentes de Chile, comuna de Cerrillos, inscrito a fojas 77.825, número 113.343 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2019. II.- Que se otorga un plazo de 1 año para hacer uso de la autorización concedida. Regístrese y dése copias autorizadas. Dictada por doña
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 817, 818, 819 y 891 del Código de Procedimiento Civil y demás disposiciones legales pertinentes, solicita que se le otorgue autorización en su calidad de curadora de don Orlando Heradio González Caro, para enajenar los derechos que le corresponden en el inmueble antes singularizado. Consta haberse acompañado copias de la inscripción de dominio, del certificado de hipotecas y gravámenes y de avalúo fiscal del inmueble cuya enajenación se pretende, y e-book de la causa Rol V-101-2012, del Primer Juzgado Civil de Santiago, donde se designó curadora a la peticionaria de autos. Con fecha 2 de marzo de 2021, ante el Receptor Judicial don M. Alejandro Guzmán Valdivia, se rindió información sumaria de testigos a fin de acreditar los hechos invocados por la peticionaria, compareciendo al efecto doña Vanessa Marisol González Vergara, Run N°15.356.039-0 y doña Eugenia Emperatriz González Vergara, Run N°8.864.194-9, hermanas de la solicitante, hijas de don Orlando González Vergara, quienes además forman parte de la comunidad hereditaria dueña del inmueble que se pretende enajenar, señalando que la venta sería muy útil para su padre ya que ese dinero serviría para costear sus gastos de mantención y brindarle un mejor vivir. Al folio 17 el Defensor Público don Juan Jaime Ferrer, evacuó informe favorable, estimando que procedía autorizar a doña Yolanda Berta González Vergara para que, en su calidad de curadora general, le
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-3-2021 CARATULADO : GONZ LEZ VERGARA YOLANDAÁ Santiago, veintis is de Julio de dos mil veintiunoé Vistos, Comparece doña Yolanda Berta González Vergara, dueña de casa, domiciliada en calle Pasaje Circonio N°1545, Villa Santa Enriqueta, comuna de Maipú, quien en su calidad de curadora general y definitiva d
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